III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2023-20545)
Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio de cooperación educativa con la Universidad de Extremadura, para la realización de prácticas en archivos de tribunales y juzgados de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132481
En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de Justicia y la Universidad de
Extremadura,
ACUERDAN
Primero.
Modificación de la cláusula tercera del convenio de cooperación educativa de
fecha 30 de junio de 2017 (BOE número 173, de 21 de julio de 2017) entre el Ministerio
de Justicia y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas en archivos
de tribunales y juzgados de Extremadura.
Se modifica la cláusula tercera del convenio quedando redactada de la siguiente
manera:
«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la Universidad de Extremadura, en aquellos casos
no cubiertos por la Seguridad Social.
La universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»
Segundo.
Modificación de la cláusula sexta del convenio de cooperación educativa de fecha 30
de junio de 2017 (BOE número 173, de 21 de julio de 2017) entre el Ministerio de Justicia
y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas en archivos de tribunales
y juzgados de Extremadura.
Se modifica la cláusula sexta del convenio quedando redactada de la manera
siguiente:
«El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica entre las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social con
arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán a la Universidad
de Extremadura en la que los alumnos cursan estudios.»
Tercero. Efectos.
El Secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez Esquerdo.–El Rector
de la Universidad de Extremadura, Pedro M.ª Fernández Salguero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20545
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda de modificación producirá efectos una vez inscrita en el registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal
en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y asimismo será
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132481
En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de Justicia y la Universidad de
Extremadura,
ACUERDAN
Primero.
Modificación de la cláusula tercera del convenio de cooperación educativa de
fecha 30 de junio de 2017 (BOE número 173, de 21 de julio de 2017) entre el Ministerio
de Justicia y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas en archivos
de tribunales y juzgados de Extremadura.
Se modifica la cláusula tercera del convenio quedando redactada de la siguiente
manera:
«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la Universidad de Extremadura, en aquellos casos
no cubiertos por la Seguridad Social.
La universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»
Segundo.
Modificación de la cláusula sexta del convenio de cooperación educativa de fecha 30
de junio de 2017 (BOE número 173, de 21 de julio de 2017) entre el Ministerio de Justicia
y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas en archivos de tribunales
y juzgados de Extremadura.
Se modifica la cláusula sexta del convenio quedando redactada de la manera
siguiente:
«El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica entre las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social con
arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán a la Universidad
de Extremadura en la que los alumnos cursan estudios.»
Tercero. Efectos.
El Secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez Esquerdo.–El Rector
de la Universidad de Extremadura, Pedro M.ª Fernández Salguero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20545
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda de modificación producirá efectos una vez inscrita en el registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal
en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y asimismo será
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».