III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-20485)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, del Centro Español de Metrología, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga al Convenio con la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA, por el que se designa a esta como laboratorio colaborador y se regulan las actuaciones en materia de desarrollo y mantenimiento de la magnitud volumen en hidrocarburos y campos de medida determinados que requieren de instalaciones de diseño y especificaciones singulares derivado.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132227
Madrid con fecha 10 de mayo de 2022, en el tomo 28006, folio 190, inscripción 2094, con
hoja M-53064.
Sexto.
Que la cláusula duodécima del convenio establece, en cuanto a su régimen de
modificaciones, lo siguiente:
«El presente convenio podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo y en
cualquier momento por las partes. Dichas adendas modificativas, que deberán ser
siempre por escrito y realizarse antes de que concluya la vigencia de este instrumento,
necesitan autorización de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y
deberán cumplir los demás requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Estas adendas serán eficaces desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y
publicación en el BOE.»
En virtud de lo anterior, ambas partes
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar la vigencia del «Convenio entre el Centro Español de Metrología y la
Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA, por el que se designa como Laboratorio
Colaborador del Centro Español de Metrología a la Compañía Logística de
Hidrocarburos CLH, SA, y se regulan las actuaciones en materia de desarrollo y
mantenimiento de la magnitud volumen en hidrocarburos y campos de medida
determinados que requieren de instalaciones de diseño y especificaciones singulares,
derivado de la referida designación y se detallan los derechos y obligaciones que ambas
partes adquieren», por un periodo de cuatro años, subsistiendo su vigencia hasta el 26
de enero 2028, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava del mismo.
Segundo.
Modificar el convenio, y allí donde dice: «CLH», debe decir: «Exolum», y allí donde
dice: «Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA», debe decir: «Exolum
Corporation SA».
Tercero.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez
inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente prórroga a un solo efecto, en Tres Cantos y Madrid,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por el Centro Español de Metrología, el Director, José Ángel Robles
Carbonell.–Por Exolum Corporation, SA, José Luis Conde Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20485
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132227
Madrid con fecha 10 de mayo de 2022, en el tomo 28006, folio 190, inscripción 2094, con
hoja M-53064.
Sexto.
Que la cláusula duodécima del convenio establece, en cuanto a su régimen de
modificaciones, lo siguiente:
«El presente convenio podrá ser modificado o adicionado de común acuerdo y en
cualquier momento por las partes. Dichas adendas modificativas, que deberán ser
siempre por escrito y realizarse antes de que concluya la vigencia de este instrumento,
necesitan autorización de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y
deberán cumplir los demás requisitos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Estas adendas serán eficaces desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) y
publicación en el BOE.»
En virtud de lo anterior, ambas partes
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar la vigencia del «Convenio entre el Centro Español de Metrología y la
Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA, por el que se designa como Laboratorio
Colaborador del Centro Español de Metrología a la Compañía Logística de
Hidrocarburos CLH, SA, y se regulan las actuaciones en materia de desarrollo y
mantenimiento de la magnitud volumen en hidrocarburos y campos de medida
determinados que requieren de instalaciones de diseño y especificaciones singulares,
derivado de la referida designación y se detallan los derechos y obligaciones que ambas
partes adquieren», por un periodo de cuatro años, subsistiendo su vigencia hasta el 26
de enero 2028, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava del mismo.
Segundo.
Modificar el convenio, y allí donde dice: «CLH», debe decir: «Exolum», y allí donde
dice: «Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, SA», debe decir: «Exolum
Corporation SA».
Tercero.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente adenda se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una vez
inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente prórroga a un solo efecto, en Tres Cantos y Madrid,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por el Centro Español de Metrología, el Director, José Ángel Robles
Carbonell.–Por Exolum Corporation, SA, José Luis Conde Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20485
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.