II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-20469)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en Escalas de los Subgrupos A1, C1 y C2.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 132015
Del importe total de la tasa:
– Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría especial.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en este
apartado, las personas que sufrieran daños físicos o psíquicos por consecuencia de la
actividad terrorista, su cónyuge o persona que conviviera con análoga relación de
afectividad, y los hijos de las personas heridas o fallecidas.
Del 50 % del importe:
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría general.
– Las personas que figuren cómo demandantes de empleo desde, por lo menos, los
seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que
soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.
g) Las personas aspirantes deberán justificar el pago con el documento bancario
acreditativo de que se abonó la tasa de inscripción que asciende a:
Que ingresarán en el Banco Santander en la cuenta IBAN ES76
0049-5030-15-2516011262.
En ningún caso la presentación y el pago en la entidad bancaria supondrá la
substitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Serán excluidas todas aquellas personas aspirantes que no presenten el documento
referido, o no abonen la tasa de inscripción y no presenten el justificante de bonificación
o exención dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes. No se
concederá ningún plazo adicional para el abono de la tasa de inscripción.
Únicamente procederá la devolución de la tasa de inscripción a las personas
aspirantes que sean excluidas por causas no imputables a ellas y que así lo soliciten en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG
de las listas definitivas de admitidos y excluidos. Para eso será necesaria la presentación
de un escrito solicitando la devolución, en el que haga constar el número de cuenta
(veinticuatro dígitos), la entidad financiera, su localidad o bien presente un certificado
expedido por la entidad financiera en la que figuren esos datos. Esta documentación
deberá ser dirigida al Servicio de Personal de Administración y Servicios. La
presentación de este escrito sin los datos indicados o fuera del plazo supondrá la pérdida
del derecho a la devolución del importe ingresado.
No procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de
examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de las personas
aspirantes admitidas provisional o definitivamente.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al gerente de la Universidade da Coruña en el plazo
de veinte días hábiles que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Diario Oficial de Galicia».
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidade
da Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Mestranza, 9, 15001 A Coruña), en los
registros auxiliares (campus de la Zapatera, A Coruña, y Edificio de Usos Administrativos
en el campus de Estuario, Ferrol), o en las restantes formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
3.3 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en
sus solicitudes y pueden únicamente demandar su modificación mediante un escrito
cve: BOE-A-2023-20469
Verificable en https://www.boe.es
44,17 euros para el subgrupo A1.
33,13 euros para el subgrupo C1.
26,99 euros para el subgrupo C2.
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 132015
Del importe total de la tasa:
– Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría especial.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos regulados en este
apartado, las personas que sufrieran daños físicos o psíquicos por consecuencia de la
actividad terrorista, su cónyuge o persona que conviviera con análoga relación de
afectividad, y los hijos de las personas heridas o fallecidas.
Del 50 % del importe:
– Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la
categoría general.
– Las personas que figuren cómo demandantes de empleo desde, por lo menos, los
seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que
soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.
g) Las personas aspirantes deberán justificar el pago con el documento bancario
acreditativo de que se abonó la tasa de inscripción que asciende a:
Que ingresarán en el Banco Santander en la cuenta IBAN ES76
0049-5030-15-2516011262.
En ningún caso la presentación y el pago en la entidad bancaria supondrá la
substitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Serán excluidas todas aquellas personas aspirantes que no presenten el documento
referido, o no abonen la tasa de inscripción y no presenten el justificante de bonificación
o exención dentro del plazo habilitado para la presentación de solicitudes. No se
concederá ningún plazo adicional para el abono de la tasa de inscripción.
Únicamente procederá la devolución de la tasa de inscripción a las personas
aspirantes que sean excluidas por causas no imputables a ellas y que así lo soliciten en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG
de las listas definitivas de admitidos y excluidos. Para eso será necesaria la presentación
de un escrito solicitando la devolución, en el que haga constar el número de cuenta
(veinticuatro dígitos), la entidad financiera, su localidad o bien presente un certificado
expedido por la entidad financiera en la que figuren esos datos. Esta documentación
deberá ser dirigida al Servicio de Personal de Administración y Servicios. La
presentación de este escrito sin los datos indicados o fuera del plazo supondrá la pérdida
del derecho a la devolución del importe ingresado.
No procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de
examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de las personas
aspirantes admitidas provisional o definitivamente.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al gerente de la Universidade da Coruña en el plazo
de veinte días hábiles que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Diario Oficial de Galicia».
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidade
da Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Mestranza, 9, 15001 A Coruña), en los
registros auxiliares (campus de la Zapatera, A Coruña, y Edificio de Usos Administrativos
en el campus de Estuario, Ferrol), o en las restantes formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
3.3 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en
sus solicitudes y pueden únicamente demandar su modificación mediante un escrito
cve: BOE-A-2023-20469
Verificable en https://www.boe.es
44,17 euros para el subgrupo A1.
33,13 euros para el subgrupo C1.
26,99 euros para el subgrupo C2.