II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2023-20322)
Resolución de 6 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 11 de julio de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Sábado 30 de septiembre de 2023

Sec. II.A. Pág. 131618

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
20322

Resolución de 6 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 11
de julio de 2023.

Por Resolución de 11 de julio de 2023 de la Dirección General de la Tesorería
General de la Seguridad Social, se convocó la provisión por el sistema de libre
designación, puesto de trabajo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción
por el artículo 80 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el capítulo III
del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 63.1.n) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la
referida convocatoria como a continuación se indica:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo, en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión en el nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el
mismo órgano que lo dictó, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas o
bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOE, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los
artículos 10.1.i ) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 6 de septiembre de 2023.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, P.D. (Orden ISM/419/2021, de 26 de abril), el Director General de la
Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés Harto Martínez.

cve: BOE-A-2023-20322
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Tercero.