III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20377)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre de 2023, por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al Proyecto de modernización e implantación de nuevas tecnologías y la mejora de la eficiencia hídrica en la zona regable del Canal de Orellana (Badajoz y Cáceres), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Sábado 30 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131720

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
20377

Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de
Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 25 de septiembre de 2023, por el que se dispone la aplicación
del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, al Proyecto de modernización e implantación de nuevas
tecnologías y la mejora de la eficiencia hídrica en la zona regable del Canal
de Orellana (Badajoz y Cáceres), comprendido en las obras de
modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase I.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo de Consejo de Ministros, aprobado en su reunión del 25 de septiembre
de 2023, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 28 de septiembre de 2023.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación,
Fernando Miranda Sotillos.
ANEXO

El artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
dispone que el Consejo de Ministros, a propuesta del órgano sustantivo, en supuestos
excepcionales y mediante acuerdo motivado, puede excluir un proyecto determinado de
la evaluación de impacto ambiental, cuando su aplicación pueda tener efectos
perjudiciales para la finalidad del proyecto. Además, el artículo 8.4 establece que el
acuerdo del Consejo de Ministros podrá determinar «someter el proyecto a otra forma
alternativa de evaluación que cumpla los principios y objetivos de esta ley, que realizará
el órgano sustantivo».
El artículo 66 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, establece que «a los
efectos de lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 21 de diciembre, se
entenderá que concurren circunstancias excepcionales en el caso de los proyectos
financiados total o parcialmente mediante el Instrumento Europeo de Recuperación,
cuando se trate de meras modernizaciones o mejoras de instalaciones ya existentes, que
no supongan construcción de nueva planta, aumento de la superficie afectada o adición
de nuevas construcciones ni afección sobre recursos hídricos y entre cuyos requisitos se
incorporen para su financiación y aprobación la mejora de las condiciones ambientales,
tales como la eficiencia energética o del empleo de recursos naturales, la reducción de
su impacto ambiental o la mejora de la sostenibilidad de la instalación ya existente».

cve: BOE-A-2023-20377
Verificable en https://www.boe.es

Acuerdo por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental al Proyecto de modernización e implantación
de nuevas tecnologías y la mejora de la eficiencia hídrica en la zona regable
del Canal de Orellana (Badajoz y Cáceres), comprendido en las obras
de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia
y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase I