III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-20387)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para el concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de Ceuta y Melilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sexta.
Sec. III. Pág. 131810
Modificación de la tabla III, «Honorarios profesionales».
En la tabla III se incluyen las formas farmacéuticas de «gotas óticas» y «Laca de
uñas».
Se incorpora la unidad «mililitros (ml)» en las formas farmacéuticas de «Granulados,
emulsiones y geles» y se corrigen las fórmulas de la columna de unidades, para las
formas farmacéuticas de «Granulados, emulsiones y geles», «Suspensiones y
soluciones (Excepto inyectables)», «Formas farmacéuticas estériles» y «Enemas»,
asimismo, se incluye la fórmula para las «Lacas de Uñas» y pie de tabla explicativo,
quedando redactada como sigue:
«Tabla III.
Honorarios profesionales
Forma farmacéutica
Máximo
Unidades
Inyectables (soluciones, suspensiones).
25
Px8 ( 1 a 10) + ( n-10).0,3.P*
Óvulos y supositorios.
25
Px4 (1 a10) + (n-10).0,1.P*
Colirios, pomadas oftálmicas y gotas óticas.
1
Px7****
Papeles, sellos.
50
Px4 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P*
Grajeas-píldoras.
100
Px7 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P***
Cápsulas.
100
Px7 (de 1 a 10 )+ (n-10).0,1.P***
Cápsulas entéricas.
100
Px8 (de 1 a 10 )+ (n-10).0,1.P***
Comprimidos.
100
Px6 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P***
250 g
Px5 (de 1 a 100 g) + (g-100).0,010.P*
250 g o ml
Px5 (de 1 a 100 g/ml) + (g/ml-100).0,013.P*
250 g
Px5 (de 1 a 100 g) + (g-100).0,003.P*
250 g o ml
Px4 (de 1 a 100 g/ml) + (g/ml-100).0,007.P*
Pastas y pomadas anhidras.
Granulados, emulsiones y geles.
Polvos compuestos.
Suspensiones y soluciones (Excepto inyectables).
Formas farmacéuticas estériles.
Soluciones estériles 1000 ml.
Laca de Uñas.
1
Enemas.
Soluciones enemas 1000 ml.
Px5 (de 1 a 100 ml) + (ml-100).0,005.P**
Px7****
Px5 (de 1 a 100 ml) + (ml-100).0,005.P**
* de 10 a 25 y de 101 a 250 gramos o mililitros).
** de 251 a 1000 (gramos o mililitros).
*** de 11 a 25 unidades, de 26 a 50 unidades y de 51 a 100 unidades.
**** 1 unidad.»
Séptima. Modificación de la tabla IV, «Precio del envase».
«Tabla IV.
Precio del envase
Envase
Precio € (sin IVA)
FORMAS SEMISÓLIDAS Y LÍQUIDAS
Envase 30 ml/g o fracción.
0,6612
Envase 50 ml/g o fracción.
0,6612
cve: BOE-A-2023-20387
Verificable en https://www.boe.es
En la tabla IV, se incluyen en un solo epígrafe los envases para las «FORMAS
SEMISÓLIDAS Y LÍQUIDAS», modificando la denominación de dichos envases,
detallando sus unidades y añadiendo «Frascos cristal topacio con pincel» en distintas
capacidades, quedando redactada como sigue:
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sexta.
Sec. III. Pág. 131810
Modificación de la tabla III, «Honorarios profesionales».
En la tabla III se incluyen las formas farmacéuticas de «gotas óticas» y «Laca de
uñas».
Se incorpora la unidad «mililitros (ml)» en las formas farmacéuticas de «Granulados,
emulsiones y geles» y se corrigen las fórmulas de la columna de unidades, para las
formas farmacéuticas de «Granulados, emulsiones y geles», «Suspensiones y
soluciones (Excepto inyectables)», «Formas farmacéuticas estériles» y «Enemas»,
asimismo, se incluye la fórmula para las «Lacas de Uñas» y pie de tabla explicativo,
quedando redactada como sigue:
«Tabla III.
Honorarios profesionales
Forma farmacéutica
Máximo
Unidades
Inyectables (soluciones, suspensiones).
25
Px8 ( 1 a 10) + ( n-10).0,3.P*
Óvulos y supositorios.
25
Px4 (1 a10) + (n-10).0,1.P*
Colirios, pomadas oftálmicas y gotas óticas.
1
Px7****
Papeles, sellos.
50
Px4 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P*
Grajeas-píldoras.
100
Px7 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P***
Cápsulas.
100
Px7 (de 1 a 10 )+ (n-10).0,1.P***
Cápsulas entéricas.
100
Px8 (de 1 a 10 )+ (n-10).0,1.P***
Comprimidos.
100
Px6 (de 1 a 10) + (n-10).0,1.P***
250 g
Px5 (de 1 a 100 g) + (g-100).0,010.P*
250 g o ml
Px5 (de 1 a 100 g/ml) + (g/ml-100).0,013.P*
250 g
Px5 (de 1 a 100 g) + (g-100).0,003.P*
250 g o ml
Px4 (de 1 a 100 g/ml) + (g/ml-100).0,007.P*
Pastas y pomadas anhidras.
Granulados, emulsiones y geles.
Polvos compuestos.
Suspensiones y soluciones (Excepto inyectables).
Formas farmacéuticas estériles.
Soluciones estériles 1000 ml.
Laca de Uñas.
1
Enemas.
Soluciones enemas 1000 ml.
Px5 (de 1 a 100 ml) + (ml-100).0,005.P**
Px7****
Px5 (de 1 a 100 ml) + (ml-100).0,005.P**
* de 10 a 25 y de 101 a 250 gramos o mililitros).
** de 251 a 1000 (gramos o mililitros).
*** de 11 a 25 unidades, de 26 a 50 unidades y de 51 a 100 unidades.
**** 1 unidad.»
Séptima. Modificación de la tabla IV, «Precio del envase».
«Tabla IV.
Precio del envase
Envase
Precio € (sin IVA)
FORMAS SEMISÓLIDAS Y LÍQUIDAS
Envase 30 ml/g o fracción.
0,6612
Envase 50 ml/g o fracción.
0,6612
cve: BOE-A-2023-20387
Verificable en https://www.boe.es
En la tabla IV, se incluyen en un solo epígrafe los envases para las «FORMAS
SEMISÓLIDAS Y LÍQUIDAS», modificando la denominación de dichos envases,
detallando sus unidades y añadiendo «Frascos cristal topacio con pincel» en distintas
capacidades, quedando redactada como sigue: