III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2023-20375)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la modificación al Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio de 9 de mayo de 2022, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un importe total de 100 millones de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Sábado 30 de septiembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
20375

Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de
Comercio, por la que se publica la modificación al Acuerdo de la Conferencia
Sectorial de Comercio de 9 de mayo de 2022, por el que se fijan los criterios
de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades
autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, del crédito destinado al
Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un
importe total de 100 millones de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el
marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

La Conferencia Sectorial de Comercio Interior, por el sistema de votación electrónica
establecido en el artículo 9.5 de su reglamento de organización y funcionamiento interno
ha acordado por mayoría absoluta la modificación del acuerdo de 9 de mayo de 2022,
por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las
comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, del crédito destinado
al Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un importe total
de 100 millones de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco del
Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Comercio dispone la
publicación de la citada modificación del acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 18 de septiembre de 2023.–La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana
Margarida Méndez Bértolo.
ANEXO
Se modifica el segundo párrafo del Acuerdo Tercero: «Libramiento y afectación», que
queda redacta de la siguiente forma:

cve: BOE-A-2023-20375
Verificable en https://www.boe.es

«Será obligatorio que los proyectos estén totalmente pagados antes del 31 de
diciembre de 2023.
Debido a las restricciones temporales existentes y sin necesidad de realizar
una segunda convocatoria, las Comunidades Autónomas podrán seleccionar de
una primera convocatoria aquellos proyectos que reúnan las debidas condiciones,
siempre que exista una demanda de solicitudes amplia y adecuada que, por
causas de las limitaciones de crédito no hayan sido beneficiarias, a pesar de
contar con un nivel de calidad adecuado.»

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X