V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-28214)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 26 de septiembre de 2023, del tramo de costa de unos seiscientos quince (615) metros de longitud, comprendido entre los vértices M-6 (O.M. 22/09/62) y un punto situado a 33´77 m del vértice N-3 (O.M. 15/03/04) en la playa de L´Estartit, en el T.M. de Torroella de Montgrí (Girona). Refª DES01/21/17/0007.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 46201
asistieron al mismo. Se reconoció el tramo de costa a deslindar y se observaron los
puntos que delimitan provisionalmente los bienes de dominio público marítimoterrestre, levantándose la correspondiente Acta.
Durante el período de información pública y con posterioridad al acto de apeo,
se presentaron las siguientes alegaciones:
Camping El Molino S.L. (N-9 a N-13) manifiesta defectos formales, así como su
disconformidad con la delimitación del dominio público marítimo-terrestre y con la
servidumbre de protección.
Alegan defectos de forma, dado que exponen que no se les ha notificado la
incoación del deslinde, por lo que solicitan esta notificación así como la suspensión
del acto de apeo por falta de citación previa a los propietarios. Posteriormente
manifiestan que sí se les ha notificado el acto de apeo a ellos, pero no a la familia
Stromayr Shchmidtler, que son los propietarios y se reiteran en que se notifique a
los propietarios, para que el expediente no sea nulo de pleno derecho desde el
inicio.
Asimismo, expone que el proyecto del paseo que uniría este con la zona de la
Pletera limitaría por la playa en toda la línea del camping El Molino y puede que
fuera la solución para contener el embate del mar. Considera que la causa de la
tramitación del deslinde es la no realización del paseo.
Manifiesta su disconformidad con el estudio de inundación y considera que
existen errores en la conclusión de los resultados, que sitúan el límite de la cota de
inundación en el interior del camping, tomando como límite interior un cordón
vegetal y excluyendo una parte del norte. Aseguran que las mayores inundaciones
han sido a causa de la lluvia, no por el embate del mar.
Alegan que Camping el Molino S.L. posee licencia de actividad e indica que
esta autorización administrativa es anterior al Plan General de Ordenación Urbana
de Torroella de Montgrí de 2002 y el anterior de 1983.
Proponen que el límite del dominio público marítimo-terrestre en el vértice N-10
siga la misma línea que en los vértices M-9 y M-8 y que se modifique la
servidumbre de protección a partir del M-10.
.
El proyecto contiene, entre otros, el "Estudio técnico para la justificación de los
bienes de dpm-t del tramo de costa comprendido entre los vértices M-1 (aprobado
por O.M. de 22 de septiembre de 1962) y M-1 (aprobado por O.M. de 20 de mayo
de 1975), playa de L´Éstartit-Els Griells, en el término municipal de Torroella de
Montgri (Girona)", redactado por Tragsatec en abril de 2020 y planos a escala 1/
1000 fechados en mayo de 2022.
X) Tras la entrada en vigor de la modificación del Reglamento General de
Costas, por Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, y al objeto de constatar si la
línea propuesta se ajusta a las nuevas definiciones de los bienes de dominio
público, se realiza el "Estudio de inundación en un tramo correspondiente al
cve: BOE-B-2023-28214
Verificable en https://www.boe.es
IX) Con fecha 5 de agosto de 2022, el Servicio Provincial de Costas en Girona
remite el expediente, que incluye el proyecto de deslinde, fechado en julio de 2022
a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior resolución.
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 46201
asistieron al mismo. Se reconoció el tramo de costa a deslindar y se observaron los
puntos que delimitan provisionalmente los bienes de dominio público marítimoterrestre, levantándose la correspondiente Acta.
Durante el período de información pública y con posterioridad al acto de apeo,
se presentaron las siguientes alegaciones:
Camping El Molino S.L. (N-9 a N-13) manifiesta defectos formales, así como su
disconformidad con la delimitación del dominio público marítimo-terrestre y con la
servidumbre de protección.
Alegan defectos de forma, dado que exponen que no se les ha notificado la
incoación del deslinde, por lo que solicitan esta notificación así como la suspensión
del acto de apeo por falta de citación previa a los propietarios. Posteriormente
manifiestan que sí se les ha notificado el acto de apeo a ellos, pero no a la familia
Stromayr Shchmidtler, que son los propietarios y se reiteran en que se notifique a
los propietarios, para que el expediente no sea nulo de pleno derecho desde el
inicio.
Asimismo, expone que el proyecto del paseo que uniría este con la zona de la
Pletera limitaría por la playa en toda la línea del camping El Molino y puede que
fuera la solución para contener el embate del mar. Considera que la causa de la
tramitación del deslinde es la no realización del paseo.
Manifiesta su disconformidad con el estudio de inundación y considera que
existen errores en la conclusión de los resultados, que sitúan el límite de la cota de
inundación en el interior del camping, tomando como límite interior un cordón
vegetal y excluyendo una parte del norte. Aseguran que las mayores inundaciones
han sido a causa de la lluvia, no por el embate del mar.
Alegan que Camping el Molino S.L. posee licencia de actividad e indica que
esta autorización administrativa es anterior al Plan General de Ordenación Urbana
de Torroella de Montgrí de 2002 y el anterior de 1983.
Proponen que el límite del dominio público marítimo-terrestre en el vértice N-10
siga la misma línea que en los vértices M-9 y M-8 y que se modifique la
servidumbre de protección a partir del M-10.
.
El proyecto contiene, entre otros, el "Estudio técnico para la justificación de los
bienes de dpm-t del tramo de costa comprendido entre los vértices M-1 (aprobado
por O.M. de 22 de septiembre de 1962) y M-1 (aprobado por O.M. de 20 de mayo
de 1975), playa de L´Éstartit-Els Griells, en el término municipal de Torroella de
Montgri (Girona)", redactado por Tragsatec en abril de 2020 y planos a escala 1/
1000 fechados en mayo de 2022.
X) Tras la entrada en vigor de la modificación del Reglamento General de
Costas, por Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto, y al objeto de constatar si la
línea propuesta se ajusta a las nuevas definiciones de los bienes de dominio
público, se realiza el "Estudio de inundación en un tramo correspondiente al
cve: BOE-B-2023-28214
Verificable en https://www.boe.es
IX) Con fecha 5 de agosto de 2022, el Servicio Provincial de Costas en Girona
remite el expediente, que incluye el proyecto de deslinde, fechado en julio de 2022
a la Dirección General de la Costa y el Mar, para su ulterior resolución.