III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-20297)
Resolución de 22 de septiembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga del Convenio con la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, Cofides, SA, S.M.E., para el desarrollo del uso conjunto de los espacios y servicios comunes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 29 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131332

En adelante, los comparecientes en este documento serán designados, cada uno de
ellos individualmente como una o la «Parte», y conjuntamente como las «Partes».
Los presentes declaran que las facultades con las que actúan se encuentran
vigentes y que no les han sido limitadas, suspendidas o revocadas, y que, en su virtud,
tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad
que mutuamente se reconocen y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que, las Partes suscribieron el 5 de marzo de 2014 un Convenio al objeto de
desarrollar el uso conjunto de los espacios y servicios comunes de las oficinas del
edificio sito en el Paseo de la Castellana, núm. 278 de Madrid (en adelante, el
Convenio). Ambas Partes disponen de la totalidad del espacio destinado a oficinas del
citado edificio habiendo suscrito sendos contratos de arrendamiento con la propietaria
del mismo.
II. Que, con fecha 13 de abril de 2016 las Partes firmaron un protocolo que
desarrollaba el Convenio de conformidad con lo indicado en la cláusula séptima del
mismo. Adicionalmente, el 20 de diciembre de 2016 las Partes firmaron un documento
aclaratorio a los efectos de aclarar la interpretación de los costes reales recogida en la
cláusula séptima del Convenio.
III. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional octava de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante,
LRJSP), los convenios vigentes que se formalizaron con anterioridad a la entrada en
vigor de dicha ley, esto es antes del 2 de octubre de 2016, debían adaptarse a lo previsto
en la misma en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la LRJSP,
finalizando dicho plazo el 1 de octubre de 2019.
IV. Que, en virtud de lo anterior, con fecha 27 de septiembre de 2019 las Partes
firmaron una adenda modificativa con el objetivo de adaptar el Convenio a la legislación
vigente, incorporando las modificaciones necesarias para ello, y entre éstas, la fijación
de un plazo de duración determinado de 4 años, y una posible prorroga de idéntico plazo
con arreglo al artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ya que hasta la fecha la
duración del Convenio quedaba ligada a la duración de los contratos de arrendamiento
de las oficinas del edificio sito en el Paseo de la castellana, n.° 278, de Madrid, además
de la modificación de la cláusula séptima referida a los compromisos económicos e
imputación de costes/gastos, y de la cláusula novena referida a la comisión de
seguimiento.
V. Que, la citada adenda modificativa, que fue suscrita el 27 de septiembre
de 2019, fue inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO) en la misma fecha, adquiriendo
eficacia ese mismo día.
VI. Que, en consecuencia, a raíz de la primera modificación indicada, el Convenio
quedaba vigente hasta el próximo 26 de septiembre de 2023.
VII. Que, a raíz de dicha modificación quedaba también contemplada en la cláusula
segunda del propio Convenio, la posibilidad de que éste sea prorrogado por hasta cuatro
(4) años adicionales mediante acuerdo expreso y por escrito de las Partes.
VIII. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes
proceder a prorrogar el Convenio hasta el 31 de diciembre de 2026, coincidiendo con la
fecha de vencimiento de los contratos de arrendamiento de las oficinas del edificio sito
en el Paseo de la Castellana n° 278 de Madrid, que las partes tienen suscrito en calidad
de arrendatarios.

cve: BOE-A-2023-20297
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Núm. 233