III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-20310)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Formentor Solar, SLU, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Formentor Solar, de 57,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Guadalajara.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Viernes 29 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131564

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20310

Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Formentor Solar,
SLU, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico
Formentor Solar, de 57,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura
de evacuación, en la provincia de Guadalajara.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.

Hechos

Solicitud de autorización administrativa previa.

Formentor Solar, SLU, solicita, con fecha 22 de noviembre de 2020, autorización
administrativa previa del parque solar fotovoltaico Formentor Solar, de 69 MWp y 52
MWn, junto con su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas internas a 30
kV, la subestación «SET Marchamalo 220/30 kV» y la línea aérea de alta tensión
de 220 kV «subestación Marchamalo – subestación Yunquera (tramo subestación
Marchamalo – apoyo 21)», en el término municipal de Marchamalo, en la provincia de
Guadalajara (en adelante también, el proyecto).
Segundo. Admisión a trámite.

Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia de Industria y
Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, como órgano competente
para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en
el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización

cve: BOE-A-2023-20310
Verificable en https://www.boe.es

Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta solar fotovoltaica Formentor Solar y su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Guadalajara, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 13 de diciembre de 2020, dictó acuerdo
de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Caravón Solar, de 70 MWp, Chapina
Solar, de 70 MWp, Formentor Solar, de 69 MWp, y Nortada Solar, de 70 MWp, así como
los expedientes de la Subestación Eléctrica Marchamalo 30/220 kV, de la Subestación
Eléctrica Yunquera 30/220 kV, de la Línea aérea de 220 kV «SET Marchamalo – SET
Yunquera», y de la Línea aérea de 220 kV «SET Yunquera – SE Cisneros (REE) 220
kV», en las provincias de Guadalajara y Madrid, con número de expediente asociado
PFot-330 AC.