III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-20228)
Resolución 420/38384/2023, de 20 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Junta de Andalucía y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130984
mediante un presupuesto de cinco millones setecientos setenta y cuatro mil
novecientos ochenta y tres euros y sesenta y cuatro céntimos (5.774.983,64
euros), IVA incluido, con cargo a los fondos propios de la Consejería Universidad,
Investigación e Innovación.
d) Hacer constar expresamente la colaboración del INTA en todas las
actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
e) Acordar con el INTA, previamente o tras un mes desde el acto de
recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los
instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión,
financiación, funcionamiento y explotación del mismo, que consistirán, en
cualquier caso, en la participación de ambas partes en los órganos de gobierno del
centro, con la composición mínima que se establece en la cláusula segunda y en
la toma de decisiones sobre los proyectos y actividades que se vayan a desarrollar
en el centro. Los compromisos que ambas partes recogerán en estos instrumentos
jurídicos sobre el funcionamiento y explotación del centro CEUS, deberán al
menos especificar: La normativa para el gobierno del centro y su financiación, el
funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del Centro, así como los
procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a
desarrollarse en el mismo.
f) Los instrumentos jurídicos que determinen la forma de gestión,
financiación, funcionamiento y explotación del centro CEUS no podrán contemplar
unos gastos corrientes para la Administración de la Junta de Andalucía superiores
a los 100.000 euros anuales.»
Tercera.
Entrada en vigor y vigencia.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización
y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Su plazo de vigencia, desde que devenga eficaz, será hasta el 3 de junio de 2026.
cve: BOE-A-2023-20228
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de
modificación en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en Madrid, a 14 de
septiembre de 2023.–Por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban
Terradas», el Director General, Julio Ayuso Miguel.–Por la Junta de Andalucía, el
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, José Carlos Gómez Villamandos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130984
mediante un presupuesto de cinco millones setecientos setenta y cuatro mil
novecientos ochenta y tres euros y sesenta y cuatro céntimos (5.774.983,64
euros), IVA incluido, con cargo a los fondos propios de la Consejería Universidad,
Investigación e Innovación.
d) Hacer constar expresamente la colaboración del INTA en todas las
actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio.
e) Acordar con el INTA, previamente o tras un mes desde el acto de
recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los
instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión,
financiación, funcionamiento y explotación del mismo, que consistirán, en
cualquier caso, en la participación de ambas partes en los órganos de gobierno del
centro, con la composición mínima que se establece en la cláusula segunda y en
la toma de decisiones sobre los proyectos y actividades que se vayan a desarrollar
en el centro. Los compromisos que ambas partes recogerán en estos instrumentos
jurídicos sobre el funcionamiento y explotación del centro CEUS, deberán al
menos especificar: La normativa para el gobierno del centro y su financiación, el
funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del Centro, así como los
procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a
desarrollarse en el mismo.
f) Los instrumentos jurídicos que determinen la forma de gestión,
financiación, funcionamiento y explotación del centro CEUS no podrán contemplar
unos gastos corrientes para la Administración de la Junta de Andalucía superiores
a los 100.000 euros anuales.»
Tercera.
Entrada en vigor y vigencia.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo, será publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización
y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Su plazo de vigencia, desde que devenga eficaz, será hasta el 3 de junio de 2026.
cve: BOE-A-2023-20228
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda de
modificación en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en Madrid, a 14 de
septiembre de 2023.–Por el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban
Terradas», el Director General, Julio Ayuso Miguel.–Por la Junta de Andalucía, el
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, José Carlos Gómez Villamandos.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X