III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-20228)
Resolución 420/38384/2023, de 20 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Junta de Andalucía y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la construcción de un centro de investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no tripulados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130981
la Tecnología y la Innovación, es un Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de
Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los previstos en el
artículo 84.1.a). 1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, especializado en la investigación y desarrollo tecnológico, de carácter dual, en
los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica y de las tecnologías de la defensa y seguridad,
que tiene las funciones señaladas en el artículo 7.2 de su Estatuto, aprobado mediante el
Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
Segundo.
Que a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, de acuerdo con lo
previsto en artículo 1.1.c) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula su
estructura orgánica, le corresponden las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía relativas al apoyo a la innovación tecnológica.
Tercero.
Que el 2 de junio de 2022 se firmó el Convenio entre la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (actual Consejería
de Universidad, Investigación e Innovación) y el Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para la construcción de un centro de
investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no
tripulados (CEUS).
Cuarto.
Que la cláusula tercera del citado convenio regula las aportaciones y compromisos
de las partes para la ejecución y financiación del mismo.
Quinto.
Que en la cláusula tercera del citado convenio, en lo relativo a las obras de
construcción del centro CEUS, se establece que el INTA se compromete a financiar las
obras de construcción del centro, excepto las obras de soterramiento de la línea de alta
tensión a 220 kV, denominada «Rocío-Torrearenillas», que serán financiadas por la
Administración de la Junta de Andalucía.
Que en la cláusula tercera del citado convenio se establece que el INTA acordará
con la Administración de la Junta de Andalucía, previamente o tras un mes desde el acto
de recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los
instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión, financiación,
funcionamiento y explotación del mismo, que consistirá, en cualquier caso, en la
participación de ambas partes en los órganos de gobierno, con la composición mínima
que se establece en la cláusula segunda y en la toma de decisiones sobre los proyectos
y actividades que se vayan a desarrollar en el centro. Los compromisos que ambas
partes recogerán en estos instrumentos jurídicos sobre el funcionamiento y explotación
del centro CEUS, deberán al menos especificar la normativa para el gobierno del centro
y su financiación, el funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del centro, así
como los procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a
desarrollarse en el mismo.
Séptimo.
Que Red Eléctrica de España, SA (Red Eléctrica), es propietaria de la mencionada
línea aérea de alta tensión a 220 kV, simple circuito, denominada «Rocío-Torrearenillas».
cve: BOE-A-2023-20228
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 232
Jueves 28 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130981
la Tecnología y la Innovación, es un Organismo Autónomo, adscrito al Ministerio de
Defensa, a través de la Secretaría de Estado de Defensa, de los previstos en el
artículo 84.1.a). 1.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, especializado en la investigación y desarrollo tecnológico, de carácter dual, en
los ámbitos aeroespacial, hidrodinámica y de las tecnologías de la defensa y seguridad,
que tiene las funciones señaladas en el artículo 7.2 de su Estatuto, aprobado mediante el
Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre.
Segundo.
Que a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, de acuerdo con lo
previsto en artículo 1.1.c) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula su
estructura orgánica, le corresponden las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía relativas al apoyo a la innovación tecnológica.
Tercero.
Que el 2 de junio de 2022 se firmó el Convenio entre la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades (actual Consejería
de Universidad, Investigación e Innovación) y el Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para la construcción de un centro de
investigación, desarrollo, experimentación y certificación de sistemas aéreos no
tripulados (CEUS).
Cuarto.
Que la cláusula tercera del citado convenio regula las aportaciones y compromisos
de las partes para la ejecución y financiación del mismo.
Quinto.
Que en la cláusula tercera del citado convenio, en lo relativo a las obras de
construcción del centro CEUS, se establece que el INTA se compromete a financiar las
obras de construcción del centro, excepto las obras de soterramiento de la línea de alta
tensión a 220 kV, denominada «Rocío-Torrearenillas», que serán financiadas por la
Administración de la Junta de Andalucía.
Que en la cláusula tercera del citado convenio se establece que el INTA acordará
con la Administración de la Junta de Andalucía, previamente o tras un mes desde el acto
de recepción y aceptación del promotor de la obra de construcción del centro, los
instrumentos jurídicos que se determinen y que fijen la forma de gestión, financiación,
funcionamiento y explotación del mismo, que consistirá, en cualquier caso, en la
participación de ambas partes en los órganos de gobierno, con la composición mínima
que se establece en la cláusula segunda y en la toma de decisiones sobre los proyectos
y actividades que se vayan a desarrollar en el centro. Los compromisos que ambas
partes recogerán en estos instrumentos jurídicos sobre el funcionamiento y explotación
del centro CEUS, deberán al menos especificar la normativa para el gobierno del centro
y su financiación, el funcionamiento operativo de los órganos de gobierno del centro, así
como los procedimientos para la determinación de los proyectos científico-técnicos a
desarrollarse en el mismo.
Séptimo.
Que Red Eléctrica de España, SA (Red Eléctrica), es propietaria de la mencionada
línea aérea de alta tensión a 220 kV, simple circuito, denominada «Rocío-Torrearenillas».
cve: BOE-A-2023-20228
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.