III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-20244)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030, por la que se publica la Adenda de prórroga del Protocolo General de Actuación entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, para la cooperación y/o colaboración de carácter académico, científico, técnico y/o de investigación u otro tipo de actividades en el campo de las ciencias sociales y humanidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Jueves 28 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131133

de Derechos Sociales y Agenda 2030 y el Consejo Latinoamericano de Ciencias
Sociales (CLACSO) para la cooperación y/o colaboración de carácter académico,
científico, técnico y/o de investigación u otro tipo de actividades en el campo de las
ciencias sociales y humanidades, cuyo objeto es definir y desarrollar, de forma conjunta,
programas de intercambio y colaboración de carácter académico, científico, técnico y/o
de investigación en el ámbito de las Ciencias Sociales y Humanidades y su contribución
al logro de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
II. Que antes de la finalización del plazo de 1 año de duración previsto en la
cláusula quinta del Protocolo, y haciendo uso de lo establecido en la misma, las partes
han decidido prorrogar el Protocolo, considerando los provechosos resultados obtenidos
en la colaboración realizada.
Por todo lo expuesto, las Partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda
de prórroga (en adelante Adenda), que se regirá de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de la presente Adenda establecer una prórroga por un periodo
de un año en la actual vigencia del Protocolo suscrito el 19 de septiembre de 2022 por
las partes, de conformidad con el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala «En cualquier momento antes de la
finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán
acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su
extinción».
El resto del clausulado del Protocolo se mantiene en idénticos términos.
Segunda.

Eficacia y vigencia de la adenda.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la Adenda se perfecciona por la prestación del
consentimiento de las partes y, según lo recogido en la cláusula quinta del Protocolo
estará vigente por un plazo de un año.

cve: BOE-A-2023-20244
Verificable en https://www.boe.es

Y para que así conste a los efectos oportunos, y en prueba de conformidad, las
partes firman el presente documento, el 19 de septiembre de 2023.–Por la Secretaría de
Estado para la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la
Secretaria de Estado, LilIth Verstrynge Revuelta.–Por el Consejo Latinoamericano de
Ciencias Sociales, la Directora Ejecutiva, Karina Battyány.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X