V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. (BOE-B-2023-27818)
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se otorga a Redexis Gas, SA, la autorización administrativa de construcción y de declaración de utilidad pública sobre el proyecto de ejecución y de reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública para la distribución de gas natural canalizado en Camp de Mar, en el término municipal de Andratx (Illes Balears).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 45658
Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación
económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas,
otras actividades y medidas tributarias, la declaración de utilidad pública tendrá los
mismos efectos que los previstos en los artículos 25, 26.5 y 26.6 del Plan Director
Sectorial Energético de las Illes Balears.
En consecuencia, de acuerdo con la disposición adicional y los apartados 5 y 6
del artículo 26 del Decreto 96/2005, como quiera que la obra autorizada se hará en
ejecución de las determinaciones del Plan Director Sectorial, y dado que está
recogido con el grado de detalle suficiente para evaluar sus características
fundamentales, son de aplicación plena, directa e inmediata y, además, la obra
autorizada no se someterá a los actos de control preventivo municipal a que se
refiere el artículo 84.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, porque se trata de actividades de interés supramunicipal, y
queda exenta de la sujeción al régimen de licencias, autorizaciones e informes que
establece la Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los
consejos insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos,
reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. Por otro lado, las
obras autorizadas quedan sujetas al régimen impositivo establecido en el artículo
29 del Decreto 96/2005.
5. Otorgar el plazo de dos años, a contar desde la notificación de esta
resolución, para la ejecución de la instalación. La Dirección General de Energía y
Cambio Climático, por causas justificadas y motivadas, puede aumentar este
plazo.
6. Indicar que, una vez ejecutadas total o parcialmente las instalaciones objeto
de esta autorización, el titular debe presentar la solicitud de puesta en servicio, a la
cual debe adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico
facultativo, así como las pruebas reglamentarias y el resto de documentación que
exige la reglamentación vigente.
7. Notificar esta resolución al titular de la instalación, a todas las personas
interesadas y a los ayuntamientos de Andraitx y de Calvià, y publicarla en el
Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un
recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética y
Sectores Productivos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su
publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo
57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso
contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de
acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso‑Administrativa.
Palma, 8 de septiembre de 2023.- El director general de Economía Circular,
cve: BOE-B-2023-27818
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 45658
Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación
económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas,
otras actividades y medidas tributarias, la declaración de utilidad pública tendrá los
mismos efectos que los previstos en los artículos 25, 26.5 y 26.6 del Plan Director
Sectorial Energético de las Illes Balears.
En consecuencia, de acuerdo con la disposición adicional y los apartados 5 y 6
del artículo 26 del Decreto 96/2005, como quiera que la obra autorizada se hará en
ejecución de las determinaciones del Plan Director Sectorial, y dado que está
recogido con el grado de detalle suficiente para evaluar sus características
fundamentales, son de aplicación plena, directa e inmediata y, además, la obra
autorizada no se someterá a los actos de control preventivo municipal a que se
refiere el artículo 84.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, porque se trata de actividades de interés supramunicipal, y
queda exenta de la sujeción al régimen de licencias, autorizaciones e informes que
establece la Ley 8/1995, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los
consejos insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos,
reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. Por otro lado, las
obras autorizadas quedan sujetas al régimen impositivo establecido en el artículo
29 del Decreto 96/2005.
5. Otorgar el plazo de dos años, a contar desde la notificación de esta
resolución, para la ejecución de la instalación. La Dirección General de Energía y
Cambio Climático, por causas justificadas y motivadas, puede aumentar este
plazo.
6. Indicar que, una vez ejecutadas total o parcialmente las instalaciones objeto
de esta autorización, el titular debe presentar la solicitud de puesta en servicio, a la
cual debe adjuntar un certificado de final de obra subscrito por un técnico
facultativo, así como las pruebas reglamentarias y el resto de documentación que
exige la reglamentación vigente.
7. Notificar esta resolución al titular de la instalación, a todas las personas
interesadas y a los ayuntamientos de Andraitx y de Calvià, y publicarla en el
Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un
recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética y
Sectores Productivos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su
publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo
57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso
contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de
acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso‑Administrativa.
Palma, 8 de septiembre de 2023.- El director general de Economía Circular,
cve: BOE-B-2023-27818
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231