III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-20161)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el diseño, elaboración y actualización de los contenidos curriculares de las ofertas formativas del ámbito del Sistema de Formación Profesional previstas en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Miércoles 27 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 130599

Reconociéndose las partes la capacidad legal necesaria para formalizar la presente
adenda modificativa al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación
profesional y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
EXPONEN
I. Que, con fecha 23 de diciembre de 2022, el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha firmaron el Convenio que
tiene por objeto el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación
Profesional que incluye el diseño, elaboración y actualización de los contenidos
curriculares de las ofertas formativas del ámbito de la Formación Profesional previstas en
la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación
Profesional, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
II. En la cláusula décima del citado convenio se indica que éste estará vigente
hasta el 31 de agosto de 2023, y establece la posibilidad de que, en cualquier momento
antes de la finalización del plazo previsto, las partes firmantes puedan acordar
expresamente y por unanimidad, la prórroga del convenio, hasta un máximo de cuatro
años adicionales, mediante una adenda que fije los aspectos no básicos susceptibles de
actualización, y singularmente, las fechas de ejecución y términos de financiación.
III. Que las partes, reunidas en la Comisión Mixta de Seguimiento constituida para
el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, prevista en la cláusula
novena, acuerdan, por unanimidad:
(i) La prórroga del convenio, y la tramitación y publicación de la misma.
(ii) La modificación de aspectos no básicos susceptibles de actualización, esto es,
modificación e incorporación de ciertas condiciones económicas relativas a los
complementos retributivos de docentes de Castilla-la Mancha previstas en el anexo II del
convenio y actualización de perfiles de las personas expertas, que vienen impuestos por
la modificación de retribuciones a empleados que establecen las correspondientes
normativas presupuestarias, así como por la determinación de los perfiles necesarios
para las personas expertas.
Por todo cuanto antecede, las partes firmantes
ACUERDAN
Primera. Modificación del Convenio.
Se modifica la cláusula segunda punto uno, quedando redactado como sigue:

1. Autorizar la participación de hasta un máximo de 22 docentes en calidad de
personas expertas a nivel educativo en formación profesional, desde el día en que se
inscriba el convenio en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público) hasta el 31 de agosto de 2024.
El perfil de tales personas expertas será el adecuado a las funciones que el Ministerio
de Educación y Formación Profesional demande en el momento de su solicitud.
2. Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta, quedando redactado como
sigue:
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, transferirá a la Consejería
de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, una cuantía máxima de 1.528.378,47 euros con cargo a la aplicación

cve: BOE-A-2023-20161
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