III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-19814)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con el Consejo Federal Español del Movimiento Europeo, para la realización del encuentro "Hacia un nuevo ciclo político en la Unión Europea: de la Presidencia Española a las elecciones al Parlamento Europeo de 2024".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127944
propuesta, y según se recoge en la descripción y objetivos del encuentro que se adjunta
como anexo, la dirección académica se encargará de elaborar el programa del encuentro
y propondrá los profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes, a propuesta del CFEME, y nombrada por el órgano competente
de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
I. Para la organización y celebración del encuentro objeto de este convenio las
partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
– En relación con el Director, el Secretario y los conferenciantes:
● Honorarios.
● Alojamiento y manutención.
● Viaje y transfers.
– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional
(programas generales, web).
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
● Información y matriculación de alumnos.
● Expedición de diplomas y certificaciones.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación del encuentro.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo para su incorporación al archivo digital de la UIMP.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, equipos audiovisuales e informáticos, limpieza,
mantenimiento, vigilancia y personal).
b) El CFEME, por su parte, no asume ningún compromiso de gestión en relación
con la ejecución del encuentro.
cve: BOE-A-2023-19814
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127944
propuesta, y según se recoge en la descripción y objetivos del encuentro que se adjunta
como anexo, la dirección académica se encargará de elaborar el programa del encuentro
y propondrá los profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes, a propuesta del CFEME, y nombrada por el órgano competente
de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los
correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de
asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las
certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del
control de asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
I. Para la organización y celebración del encuentro objeto de este convenio las
partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
– En relación con el Director, el Secretario y los conferenciantes:
● Honorarios.
● Alojamiento y manutención.
● Viaje y transfers.
– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional
(programas generales, web).
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
● Información y matriculación de alumnos.
● Expedición de diplomas y certificaciones.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación del encuentro.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo para su incorporación al archivo digital de la UIMP.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, equipos audiovisuales e informáticos, limpieza,
mantenimiento, vigilancia y personal).
b) El CFEME, por su parte, no asume ningún compromiso de gestión en relación
con la ejecución del encuentro.
cve: BOE-A-2023-19814
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 226