III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-19810)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto de Educación Secundaria de Puerto del Carmen, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Jueves 21 de septiembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
19810

Resolución de 14 de abril de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto de
Educación Secundaria de Puerto del Carmen, para la realización de prácticas
académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. y el Instituto de Educación
Secundaria Puerto del Carmen han suscrito, con fecha 12 de abril de 2023, un convenio
para que los alumnos de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en
dicho centro sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y
proyectos de fin de Máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de abril de 2023.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., M.P., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, María Boloqui
Bastardés.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. y el
Instituto de Educación Secundaria Puerto del Carmen para la realización de
prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está
adscrita al Ministerio de Universidades de España y tiene personalidad jurídica y
patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de

cve: BOE-A-2023-19810
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF. Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por el Real
Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, doña Luz Divina Baena García, representante legal del Instituto de
Educación Secundaria Puerto del Carmen (entidad con NIF. S-3511001-D y domicilio social
en Avenida Rambla Islas Canarias, 39, 35510 Puerto del Carmen, Tías, Lanzarote) en su
condición de Directora del mismo y haciendo uso de las competencias otorgadas a su cargo
en el artículo 6 del Decreto 106/2009, de 28 de julio, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Canarias, por el que se regula la función directiva en los centros docentes
públicos no universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias.