III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2023-19800)
Resolución de 1 de septiembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el parque industrial de Expaciomérida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127799
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad
necesaria para la celebración de la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 14 de junio de 2021, las partes suscribieron el Convenio entre la
Comunidad Autónoma de Extremadura y la entidad pública empresarial Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la nueva terminal ferroviaria
de mercancías intermodal en el parque industrial de Expaciomérida.
Segundo.
Celebrada la 3.ª comisión de seguimiento el 3 de mayo de 2023 y analizando el
transcurso de la obra y trabajos pendientes se considera necesario y se acuerda la
ampliación del plazo por los 4 meses que establece la cláusula sexta del Convenio.
Tercero.
Celebrada la 4.ª comisión de seguimiento el 13 de junio de 2023, estando en
ejecución el Convenio y dado el avance de actuaciones, se aprecia un desfase de las
anualidades económicas previstas con la ejecución real del mismo, por lo que se
considera adecuado reajustar las cuantías económicas a las previsiones de ejecución de
dichas actuaciones a las anualidades, con objeto de permitir atender adecuadamente a
los abonos derivados del mismo.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda modificativa y
de prórroga n.º 1 del Convenio suscrito con fecha 14 de junio de 2021, que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es la modificación del Convenio de fecha 14 de junio
de 2021, suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y ADIF, para la
construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el Parque
Industrial de Expaciomérida.
Modificación y prórroga.
I. De conformidad a lo dispuesto en el apartado 2.º del artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
acuerdan la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de que
las obras puedan acabar antes y, en consecuencia, pueda darse por finalizado el
compromiso plasmado en este documento. Tal finalización deberá recogerse en acta de
la Comisión de Seguimiento.
II. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera del Convenio de fecha 9 de junio
de 2021 «Financiación de las actuaciones», cuyo cuadro de anualidades se sustituye por
el siguiente:
IVA incluido.
TOTAL
2021
2022
2023
18.643.913,82 €
0,00 €
1.035.769,09 €
17.608.144,73 €
cve: BOE-A-2023-19800
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 226
Jueves 21 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 127799
En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad
necesaria para la celebración de la presente adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Con fecha 14 de junio de 2021, las partes suscribieron el Convenio entre la
Comunidad Autónoma de Extremadura y la entidad pública empresarial Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la construcción de la nueva terminal ferroviaria
de mercancías intermodal en el parque industrial de Expaciomérida.
Segundo.
Celebrada la 3.ª comisión de seguimiento el 3 de mayo de 2023 y analizando el
transcurso de la obra y trabajos pendientes se considera necesario y se acuerda la
ampliación del plazo por los 4 meses que establece la cláusula sexta del Convenio.
Tercero.
Celebrada la 4.ª comisión de seguimiento el 13 de junio de 2023, estando en
ejecución el Convenio y dado el avance de actuaciones, se aprecia un desfase de las
anualidades económicas previstas con la ejecución real del mismo, por lo que se
considera adecuado reajustar las cuantías económicas a las previsiones de ejecución de
dichas actuaciones a las anualidades, con objeto de permitir atender adecuadamente a
los abonos derivados del mismo.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda modificativa y
de prórroga n.º 1 del Convenio suscrito con fecha 14 de junio de 2021, que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es la modificación del Convenio de fecha 14 de junio
de 2021, suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y ADIF, para la
construcción de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en el Parque
Industrial de Expaciomérida.
Modificación y prórroga.
I. De conformidad a lo dispuesto en el apartado 2.º del artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
acuerdan la prórroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de que
las obras puedan acabar antes y, en consecuencia, pueda darse por finalizado el
compromiso plasmado en este documento. Tal finalización deberá recogerse en acta de
la Comisión de Seguimiento.
II. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera del Convenio de fecha 9 de junio
de 2021 «Financiación de las actuaciones», cuyo cuadro de anualidades se sustituye por
el siguiente:
IVA incluido.
TOTAL
2021
2022
2023
18.643.913,82 €
0,00 €
1.035.769,09 €
17.608.144,73 €
cve: BOE-A-2023-19800
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.