II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-19332)
Resolución de 1 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, convocado por Resolución de 30 de diciembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219

Miércoles 13 de septiembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
19332

Resolución de 1 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para
ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Administrativo de
la Administración de la Seguridad Social, convocado por Resolución de 30 de
diciembre de 2022.

De conformidad con lo establecido en el apartado decimonoveno de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán
los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la
Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Hacer pública, como anexo I a esta Resolución, la relación definitiva de aspirantes
que han superado el proceso selectivo por orden de puntuación obtenida que figura en el
mismo.
Segundo.
Los personas aprobadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, contados a partir
del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para
presentar en el Registro General del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
o bien en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigidos a la Subdirección General
de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, los siguientes documentos:

Tercero.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido
por falsedad de la solicitud inicial.

cve: BOE-A-2023-19332
Verificable en https://www.boe.es

A) Copia auténtica del título académico exigido en la base 3.1 de la Resolución de
convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado, en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, todos los estudios para
su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la
credencial que acredite la homologación que corresponda.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas, según modelo que figura como anexo II.
C) Copia auténtica del documento nacional de identidad.