III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-18931)
Resolución de 28 de agosto de 2023, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad de Castilla-La Mancha, para prácticas externas (curriculares y extracurriculares) de estudiantes universitarios.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Sábado 2 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122559
EXPONEN
I. Que con fecha 18 de septiembre de 2019, las partes suscribieron el «Convenio
para prácticas externas (curriculares y extracurriculares) de estudiantes universitarios
entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Biblioteca Nacional de España O.A.»,
cuyo objeto es establecer la colaboración entre la Universidad y la BNE para que
alumnos de la Universidad puedan realizar prácticas, de las titulaciones implantadas en
la Universidad en temas que resulten de interés mutuo, en dicha Entidad.
II. Que el convenio al que se alude en expositivo que precede tiene un plazo de
vigencia de cuatro años a contar desde el 2 de octubre de 2019, estando próxima su
resolución por expiración.
III. Que, antes de la finalización del plazo de cuatro años de duración previsto en su
cláusula decimoquinta, y haciendo uso de lo establecido en la misma, las partes han
decidido prorrogar el Convenio, teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en
la colaboración realizada.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir
la presente Adenda de prórroga (en adelante Adenda), que se regirá de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda establecer una prórroga por un periodo
de 4 años en la actual vigencia del Convenio suscrito el 18 de septiembre de 2019 por
las partes, de acuerdo con el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que señala «En cualquier momento antes de la
finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán
acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su
extinción».
El resto del clausulado del Convenio se mantiene en idénticos términos.
Segunda.
Eficacia y vigencia de la Adenda.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, la presente adenda surtirá efectos, previa formalización e inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, a partir del día 2 de octubre de 2023. Asimismo, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado». La adenda estará vigente por un plazo de cuatro años.
Tercera. Transparencia.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente documento, a un solo efecto en todas sus páginas.–Por la Universidad
de Castilla-La Mancha, Ángela González Moreno.–Por la Biblioteca Nacional de
España, Ana María Santos Aramburo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-18931
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda será puesta a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Núm. 210
Sábado 2 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 122559
EXPONEN
I. Que con fecha 18 de septiembre de 2019, las partes suscribieron el «Convenio
para prácticas externas (curriculares y extracurriculares) de estudiantes universitarios
entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Biblioteca Nacional de España O.A.»,
cuyo objeto es establecer la colaboración entre la Universidad y la BNE para que
alumnos de la Universidad puedan realizar prácticas, de las titulaciones implantadas en
la Universidad en temas que resulten de interés mutuo, en dicha Entidad.
II. Que el convenio al que se alude en expositivo que precede tiene un plazo de
vigencia de cuatro años a contar desde el 2 de octubre de 2019, estando próxima su
resolución por expiración.
III. Que, antes de la finalización del plazo de cuatro años de duración previsto en su
cláusula decimoquinta, y haciendo uso de lo establecido en la misma, las partes han
decidido prorrogar el Convenio, teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en
la colaboración realizada.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir
la presente Adenda de prórroga (en adelante Adenda), que se regirá de conformidad con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda establecer una prórroga por un periodo
de 4 años en la actual vigencia del Convenio suscrito el 18 de septiembre de 2019 por
las partes, de acuerdo con el artículo 49 h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que señala «En cualquier momento antes de la
finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán
acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su
extinción».
El resto del clausulado del Convenio se mantiene en idénticos términos.
Segunda.
Eficacia y vigencia de la Adenda.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, la presente adenda surtirá efectos, previa formalización e inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, a partir del día 2 de octubre de 2023. Asimismo, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado». La adenda estará vigente por un plazo de cuatro años.
Tercera. Transparencia.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente documento, a un solo efecto en todas sus páginas.–Por la Universidad
de Castilla-La Mancha, Ángela González Moreno.–Por la Biblioteca Nacional de
España, Ana María Santos Aramburo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-18931
Verificable en https://www.boe.es
La presente Adenda será puesta a disposición de los ciudadanos en el Portal de
Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.