III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-18929)
Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de Agencias de Viajes.
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Sábado 2 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122509

reducidas por las causas recogidas en el artículo 37 del estatuto de los Trabajadores, se
tomará como jornada máxima el porcentaje que corresponda de las 1.752 horas, por lo
que recuperará las horas que correspondan en días de descanso adicional.
CAPÍTULO VIII
Licencias y permisos
Artículo 28.

Licencias retribuidas.

a) Matrimonio o pareja de hecho: 16 días naturales. Si el día de la boda o
constitución de la pareja de hecho es laborable, el permiso de iniciará ese mismo día (o
en el día anterior si así lo decide la persona beneficiaria); si ese día es no laborable
(festivo o de descanso semanal del contrayente), el cómputo de este permiso empezará
el primer día laborable después del hecho causante. El permiso se disfrutará en un
periodo de 16 días naturales.
b) Fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes en
primer grado: 6 días naturales que se contarán desde el primer día laborable posterior al
hecho causante, si coincide con día no laborable, por resultar día festivo o
correspondiente a día de descanso semanal. Nunca serán menos de 2 días laborables
o 4 si hubiera desplazamiento.
c) Fallecimiento de hermanos/as: 3 días naturales. Se contarán desde el primer día
laborable posterior al hecho causante, si coincide con día no laborable, por resultar día
festivo o correspondiente a día de descanso semanal. Nunca serán menos de 2 días
laborables o 4 si hubiera desplazamiento.
d) Fallecimiento de abuelos/as y nietos/as: 2 días laborables o 4 si hubiera
desplazamiento. Se contarán desde el primer día laborable posterior al hecho causante,
si coincide con día no laborable, por resultar día festivo o correspondiente a día de
descanso semanal.
e) Enfermedad grave de cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes
en primer grado: 6 días naturales. Se contarán desde el primer día laborable posterior al
hecho causante, si coincide con día no laborable, por resultar día festivo o
correspondiente a día de descanso semanal.
f) Cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención
quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes de hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la
pareja de hecho, así como cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva
con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de
aquella.
Esta licencia se disfrutará, en todo caso, en días laborables. Si el día del hecho
causante se produce en día no laborable, por resultar día festivo o correspondiente a día
de descanso semanal, su disfrute comenzará el primer día laborable siguiente al hecho
causante.
g) Para el cumplimiento de deberes públicos, acudir al notario, la renovación de
permisos de trabajo, residencia, pasaporte: el tiempo indispensable cuando la cita
coincida en el horario laboral.
h) Exámenes para la obtención de un título académico: el tiempo indispensable con
un límite de 10 días retribuidos al año.
i) Cambio de domicilio: por traslado de domicilio habitual, cuando el mismo este
dentro de la misma localidad de residencia, 1 día. En el caso de que dicho traslado se
realice fuera de la localidad de residencia, 2 días.
j) Boda de padres, hijos/as o hermanos/as, incluso con parentesco político: el día
de la boda.

cve: BOE-A-2023-18929
Verificable en https://www.boe.es

Las personas trabajadoras tendrán derecho a los siguientes permisos y licencias
retribuidas: