III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Convenios. (BOE-A-2023-18899)
Resolución de 29 de agosto de 2023, de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cádiz, para colaborar en la organización de la Reunión Informal Ministerial del Consejo de Asuntos Exteriores de Desarrollo a celebrar en Cádiz los días 4 y 5 de septiembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Viernes 1 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 122109

El Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, en el entendimiento de que la celebración de la
Reunión Informal Ministerial del CAE de Desarrollo en Cádiz es un acontecimiento que,
sin duda, ayudará a reforzar la proyección europea de la ciudad, se compromete a:
– Coordinarse con la OCPUE en la organización de la RIM, en especial, facilitando
información para el desarrollo de las actividades del programa de la reunión.
– Colaborar en la organización del evento, poniendo a disposición de la OCPUE
para la celebración de la RIM el Palacio de Congresos de la ciudad, el Castillo de Santa
Catalina y la Casa de Iberoamérica, con las salas y espacios que se detallan en el
Anexo I. El coste máximo de esta aportación, conforme a la estimación realizada por el
Ayuntamiento es de sesenta mil trescientos veintiséis euros (60.326,00 €).
Por su parte, la OCPUE se compromete a:
– Colaborar con el Ayuntamiento en la proyección internacional de Cádiz como
ciudad de convenciones y congresos con un gran atractivo cultural, asegurando una
representación institucional adecuada del mismo en los actos de contenido social de la
reunión.
– Insertar los logotipos del Ayuntamiento de Cádiz en todos los soportes y espacios
de difusión relacionados con la RIM que las partes acuerden, con el objetivo de dar a
esta colaboración la visibilidad institucional oportuna conforme a la cláusula Sexta del
presente Convenio.
– Cuidar debidamente los soportes o elementos que el Ayuntamiento hubieran
puesto a disposición de la OCPUE y aquellos en los que se hubieran incorporado los
signos distintivos de las entidades, así como actualizarlos en caso de que surgiera algún
tipo de modificación en los mismos.
Estas actuaciones no supondrán aportación económica por parte de la OCPUE.
En todo caso, las partes se comprometen, respectivamente, a coordinar la correcta
gestión de las tareas que deriven de los compromisos citados con anterioridad,
asumiendo cada una de ellas la responsabilidad por las acciones desarrolladas por su
propio personal.
Cuarta.

Seguimiento y control.

Se constituye una Comisión Mixta, integrada por dos representantes, titular y
suplente, por cada una de las partes, a la que corresponderá velar por el correcto
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este Convenio. Dicha Comisión se reunirá
tantas veces como sus miembros acuerden.

El presente Convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del sector Público, resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5
días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo
de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio extenderá su vigencia hasta un mes después de la fecha de celebración
de la RIM, esto es, hasta el 5 de octubre de 2023.
Asimismo, será publicado en el Portal de la Transparencia de la Administración
General del Estado, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

cve: BOE-A-2023-18899
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Eficacia, vigencia y transparencia.