III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-18804)
Resolución de 1 de agosto de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular la colaboración de ambas entidades en el programa Kit Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de agosto de 2023

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diciembre de 2022, en nombre y representación del citado organismo (en virtud de lo
dispuesto en el artículo 27 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación).
La Cámara de España y Red.es, que en adelante podrán ser denominadas
individualmente «la parte» y conjuntamente «las partes», se reconocen mutuamente la
capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda al convenio y, en su
virtud,
EXPONEN
I
Que con fecha 7 de febrero de 2022, Red.es y la Cámara de España suscribieron el
«Convenio entre la entidad pública empresarial Red.es y la Cámara Oficial de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación de España para regular las condiciones de la
colaboración en el Programa Kit Digital», C042/21-SI (en adelante, el Convenio).
II
Con fecha 22 de noviembre de 2022, Red.es y la Cámara de España suscribieron
una «Adenda de modificación del convenio entre la entidad pública empresarial Red.es y
la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para
regular las condiciones de colaboración en el Programa Kit Digital», C042/21-SI AD1.
III
Que, tal y como establece la cláusula primera, el Convenio tiene por objeto
establecer las condiciones y obligaciones que asume la Cámara Oficial de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación de España como entidad colaboradora de las ayudas
concedidas en el marco del Programa Kit Digital y de conformidad con lo previsto en la
Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas,
microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda
España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión
Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), modificada posteriormente por la
Orden ETD/734/2022, de 26 de julio y la ETD/739/2023, de 20 de junio, así como
establecer el marco general de la colaboración entre la Cámara de España y Red.es en
la gestión de las referidas ayudas.
IV
Que la cláusula tercera del convenio establece las funciones de la Cámara de
España como entidad colaboradora en la gestión, seguimiento y comprobación de las
ayudas concedidas en el marco del Programa Kit Digital.
La Comisión de Seguimiento en sus reuniones de 18 de mayo y de 12 de julio
de 2023, identificó la necesidad de actualizar las funciones previstas en la cláusula
tercera del convenio con el fin de adaptarlas a las nuevas circunstancias del Programa
Kit Digital. En particular, la Cámara de España llevará a cabo las tareas de apoyo a la
tramitación de las actuaciones finales de justificación, de conformidad a lo establecido en
los artículos 36, 37 y 38 de las Bases Reguladoras.
Así mismo, se identificó la necesidad de establecer Acuerdos de Nivel de Servicio
(ANS) para garantizar una tramitación ágil y de calidad en el Programa Kit Digital. Estos
acuerdos se confeccionan para garantizar el cumplimiento de plazos y adaptación del

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Núm. 207