III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18774)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206

Martes 29 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 121165

sistemas de información y comunicación para la Administración General del Estado y sus
organismos públicos, en los términos que se establezcan por resolución del titular de
la SGAD y la de impulsar la consolidación de servicios, infraestructuras de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC), equipamientos y redes
informáticas comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo,
corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que, de acuerdo con Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, la Gerencia de
Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, como organismo autónomo, tiene
personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, que le permiten gestionar sus propios
recursos, de conformidad con el artículo uno de la norma. Así como atribuciones/
funciones la gestión de medios materiales de dicho organismo. Por tanto, la Gerencia de
Infraestructuras y Equipamientos de Cultura está habilitada para la gestión de los medios
materiales asignados.
Quinto.
Que la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, considera de gran
utilidad disponer de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de
Puesto de Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones
Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y
de movilidad en los puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las
instalaciones del organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación NextGenerationEU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos de Cultura de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

Constituye el objeto de este convenio:
1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos de Cultura de 60 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella
con cargo al Fondo de Recuperación NextGenerationEU, así como la cesión de su
derecho de uso. Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos portátiles ultraligeros categoría superior: 60, cuyos números de serie e
inventario se adjuntan en el anexo I.

cve: BOE-A-2023-18774
Verificable en https://www.boe.es

Primera.