V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2023-24669)
Extracto de la Resolución de 24 de agosto 2023 del Servicio Público de Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones públicas en el marco del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigidas prioritariamente a las personas desempleados, en aplicación de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación Profesional para el empleo ejercicio 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 206

Martes 29 de agosto de 2023

Sec. V-B. Pág. 40624

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

24669

Extracto de la Resolución de 24 de agosto 2023 del Servicio Público de
Empleo Estatal de Melilla, por la que se aprueba la convocatoria, en
régime n de concurre ncia compe titiva, para la conce sión de
subve ncione s públicas e n e l marco de l Siste ma de Formación
Profe sional para e l e mple o e n e l ámbito laboral dirigidas
prioritariamente a las personas desempleados, en aplicación de la Ley
30/2015, de 9 de se ptie mbre , por la que se re gula e l siste ma de
formación Profe sional para e l e mple o e je rcicio 2023

BDNS(Identif.):713884
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
713884)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en
el artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, las Entidades de
Formación públicas o privadas, contempladas en el artículo 14.2 de la Ley 30/
2015, de 9 de septiembre que, en la fecha de presentación de su solicitud, estén
inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación. Las
especialidades formativas objeto de la formación serán en la modalidad presencial,
y las Entidades de Formación deberán contar con presencia en el ámbito territorial
de la Ciudad de Melilla, debiendo disponer en dicho ámbito de las instalaciones
debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas
solicitadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de
9 de septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de
titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique
subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso
el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad. No se admitirán
solicitudes de subvenciones de especialidades formativas que no se encuentren
inscritas en la fecha de propuesta provisional de esta convocatoria. no podrán
obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones reguladas en la Orden
TMS/368/2019, de 25 de marzo las entidades en quienes concurra alguna de las
circunstancias contempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tampoco podrán acceder a la
condición de beneficiarias, las entidades a las que se les haya impuesto mediante
resolución firme sanción

La aprobación de la convocatoria para el año 2023 de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de acciones de
formación de oferta, impartidas en la modalidad presencial, para al menos 15
alumnos y alumnas en cada acción formativa, dirigidas prioritariamente a las
personas trabajadoras desempleadas y no dirigidas a la obtención de certificados
de profesionalidad.

cve: BOE-B-2023-24669
Verificable en https://www.boe.es

Segundo: Objeto.