II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-18728)
Resolución de 28 de julio de 2023, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 120835
Criterio General: Actividad investigadora.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc. atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de EBT, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora. (La puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
3.
Criterio General: Actividad asistencial.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 35 y 40 puntos, no pudiendo ser inferior a la establecida en los criterios 1 y 2.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Puestos asistenciales desempeñados:
dedicación, antigüedad.
– Actividad asistencial desempeñada.
categoría,
organismo,
régimen
de
4. Criterio General: Experiencia en gestión y administración educativa, hospitalaria,
científica y tecnológica; actividad profesional.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 5 y 10 puntos.
– Desempeño de cargos de responsabilidad en gestión universitaria pública
recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u
organismos públicos de investigación durante al menos un año así como cargos de
responsabilidad en gestión asistencial en hospitales públicos durante al menos un año.
– Desempeño de puestos en el entorno educativo, hospitalario, científico o
tecnológico dentro de las Administraciones Públicas durante al menos un año.
– Participación en las Comisiones Clínicas hospitalarias.
– Experiencia profesional fuera del ámbito universitario.
– Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración
educativa, hospitalaria, científica y tecnológica. (La puntuación máxima de este apartado
no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
La suma de las puntuaciones máximas de los criterios generales debe ser 100.
Un mismo mérito sólo podrá ser evaluado en un único apartado.
cve: BOE-A-2023-18728
Verificable en https://www.boe.es
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
2.
Sec. II.B. Pág. 120835
Criterio General: Actividad investigadora.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc. atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de EBT, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora. (La puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
3.
Criterio General: Actividad asistencial.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 35 y 40 puntos, no pudiendo ser inferior a la establecida en los criterios 1 y 2.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Puestos asistenciales desempeñados:
dedicación, antigüedad.
– Actividad asistencial desempeñada.
categoría,
organismo,
régimen
de
4. Criterio General: Experiencia en gestión y administración educativa, hospitalaria,
científica y tecnológica; actividad profesional.
La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará comprendida
entre 5 y 10 puntos.
– Desempeño de cargos de responsabilidad en gestión universitaria pública
recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u
organismos públicos de investigación durante al menos un año así como cargos de
responsabilidad en gestión asistencial en hospitales públicos durante al menos un año.
– Desempeño de puestos en el entorno educativo, hospitalario, científico o
tecnológico dentro de las Administraciones Públicas durante al menos un año.
– Participación en las Comisiones Clínicas hospitalarias.
– Experiencia profesional fuera del ámbito universitario.
– Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración
educativa, hospitalaria, científica y tecnológica. (La puntuación máxima de este apartado
no podrá superar el 10% de la asignada al criterio general).
La suma de las puntuaciones máximas de los criterios generales debe ser 100.
Un mismo mérito sólo podrá ser evaluado en un único apartado.
cve: BOE-A-2023-18728
Verificable en https://www.boe.es
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos: