III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18735)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, para la construcción de un nuevo muelle en la dársena de «El Saladillo» en el puerto Bahía de Algeciras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120884

propios, y plena capacidad de obrar, dependiente del Ministerio de Transporte, Movilidad
y Agenda Urbana, anteriormente Ministerio de Fomento, a través de Puertos del Estado,
que se rige por su legislación específica, texto refundido de la Ley de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, y por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de
aplicación, ejerciendo, entre otras, las competencias relativas a la ordenación de la zona
de servicio del puerto y de los usos portuarios, así como la gestión del dominio público
portuario.
II. Que la Dirección General de la Guardia Civil tiene encomendadas, entre otras
funciones expresadas en el artículo 12.1.B) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo,
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el resguardo fiscal del Estado y las actuaciones
encaminadas a evitar y perseguir el contrabando, la vigilancia del tráfico, tránsito y
transporte en las vías públicas interurbanas, la custodia de vías de comunicación
terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su
interés lo requieran y aquellas otras que le atribuye la legislación vigente.
III. Que, en el año 2009, la Guardia Civil ocupaba el Módulo n.º 2, así como varios
puntos de atraque, en el muelle de embarcaciones auxiliares del Puerto Bahía de
Algeciras.
Que la Guardia Civil consideraba que los espacios ocupados resultaban insuficientes
para albergar las instalaciones del Servicio de Actividades Subacuáticas, del Servicio
Cinológico y del Servicio Marítimo, incluyendo las embarcaciones.
IV. Que la APBA, por su parte, estimaba que el destino de la zona ocupada
entonces por la Guardia Civil debía dirigirse hacia su utilización para un uso comercial.
V. Que, por los motivos apuntados, ambas partes juzgaron de interés mutuo
trasladar las dependencias de la Guardia Civil a la dársena de «El Saladillo» y dotar a las
Unidades del Cuerpo de las instalaciones precisas para el mejor cumplimiento de sus
funciones.
A tal efecto, el 15 de diciembre de 2009, el Secretario de Estado de Seguridad y el
Presidente de la APBA suscribieron el «Protocolo de Colaboración entre el Ministerio del
Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y la Autoridad Portuaria de la Bahía de
Algeciras, para la construcción de unas nuevas dependencias para la Guardia Civil y
autorización para la ocupación del dominio público portuario», en el que se especificaban
los compromisos para la construcción de un edificio de nueva planta en el que ubicar los
diferentes servicios de la Guardia Civil con presencia en el Puerto, así como se
autorizaba la ocupación de las superficies terrestre y marítima necesarias para el
cumplimiento de sus misiones.
VI. Que, en ejecución del Protocolo de Colaboración, la APBA redactó los
proyectos de urbanización, así como el Proyecto de Construcción del edificio de
Dependencias Oficiales, que fue informado favorablemente por la Oficina de Supervisión
de Proyectos del Ministerio del Interior el 17 de diciembre de 2012.
VII. Que la cláusula novena del citado Protocolo de Colaboración previó que fuese
sustituido por el correspondiente convenio cuando se cumplieran las condiciones
convenidas en aquella. Una vez cumplidas esas condiciones, y como consecuencia,
el 24 de septiembre de 2014 fue firmado el «Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio
del Interior (Secretaría de Estado de Seguridad) y la Autoridad Portuaria de la Bahía de
Algeciras para la construcción de unas nuevas dependencias para la Guardia Civil y la
cesión de uso de las superficies terrestre y marítima, dentro del domino público
portuario».
VIII. Que, desde la firma del Acuerdo de Colaboración, ambas partes fueron
ejecutando sus compromisos en base a lo convenido, hasta que, una vez finalizadas las
obras del edificio de las dependencias oficiales y las de urbanización, se evidenció que el
diseño inicialmente concebido para el pantalán no satisfacía las necesidades del Servicio
Marítimo de la Guardia Civil, toda vez que las embarcaciones precisaban un nuevo
muelle y un mayor calado en la zona de atraque y maniobra.

cve: BOE-A-2023-18735
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Núm. 205