III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-18733)
Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea y AENA, S.M.E., SA, para la asistencia aeroportuaria con motivo de la Presidencia Española del Consejo de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205

Lunes 28 de agosto de 2023

Sec. III. Pág. 120875

de riesgos que sean necesarios de los tratamientos objeto de la colaboración, en los
casos en los que sea solicitado por la OCPUE.
– Notificar a la OCPUE los datos del Delegado de Protección de Datos de Aena, en
los casos en que su nombramiento sea legalmente requerido o bien cuando así se
hubiera nombrado voluntariamente por Aena.
– Destruir o devolver a la OCPUE los soportes y documentos que contengan Datos
Personales, una vez finalizado el servicio.
– Aena responderá directamente ante la Agencia de Protección de Datos, y otros
organismos competentes, y frente a terceros de los incumplimientos que se pudieran
derivar de las condiciones anteriores. Asimismo, y sin perjuicio de sus responsabilidades
legales, responderá ante la OCPUE de cualquier daño o perjuicio que pudiera
ocasionarle como consecuencia de estos incumplimientos.
El incumplimiento de estas obligaciones tendrá como consecuencia que Aena sea
considerada Responsable del Tratamiento, siendo responsable de las infracciones que
pudiera cometer en el orden de protección de datos, sin perjuicio de las
responsabilidades derivadas del incumplimiento del presente convenio.
Por su parte, OCPUE se compromete a:

cve: BOE-A-2023-18733
Verificable en https://www.boe.es

– Indicar los tratamientos objeto de encargo e identificar la información afectada.
– OCPUE, como responsable del fichero o tratamientos, durante la vigencia del
convenio, podrá requerir a Aena las pruebas necesarias para verificar el cumplimiento
con el Reglamento General de Protección de Datos.
– Realizar cualquier otra obligación prevista en la legislación de protección de datos.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X