II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE CONSUMO. Destinos. (BOE-A-2023-18696)
Resolución de 21 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 14 de junio de 2023, en el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. II.A. Pág. 120770
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en
concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como otras
Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de
posesión del puesto adjudicado en la presente Resolución, salvo lo previsto en el
artículo 41.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Sexto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los/las interesados/as obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por
el mismo, en cuyo caso vendrán obligados/as a comunicar por escrito a este
Departamento, en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la
opción ejercitada, con indicación del Departamento o Administración en que hubiera
obtenido destino, así como, la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
Séptimo.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales
Superiores de Justicia de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
cve: BOE-A-2023-18696
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de agosto de 2023.–El Subsecretario de Consumo, José Antonio García
García.
Núm. 205
Lunes 28 de agosto de 2023
Sec. II.A. Pág. 120770
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en
concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como otras
Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de
posesión del puesto adjudicado en la presente Resolución, salvo lo previsto en el
artículo 41.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Sexto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los/las interesados/as obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por
el mismo, en cuyo caso vendrán obligados/as a comunicar por escrito a este
Departamento, en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la
opción ejercitada, con indicación del Departamento o Administración en que hubiera
obtenido destino, así como, la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
Séptimo.
Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales
Superiores de Justicia de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
cve: BOE-A-2023-18696
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de agosto de 2023.–El Subsecretario de Consumo, José Antonio García
García.