III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17619)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida Capiruza II, de 49,6 MWp/41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación" en Peñas de San Pedro (Albacete).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
7.
Sec. III. Pág. 113336
Incidencia socio-económica sobre el territorio.
El núcleo poblacional de Peñas de San Pedro, situado a situado a 987 m en
dirección oeste del módulo de generación Fotovoltaica, cuenta con 1.410 habitantes
(INE, 2022) y pertenece a la comarca de la Sierra de Alcaraz. Linda con los términos
municipales de Albacete, Pozohondo, Alcadozo, Casas de Lázaro, Pozuelo y San Pedro,
todos ellos de la provincia de Albacete.
La ubicación del proyecto es una zona eminentemente agrícola, de terrenos de labor
en secano, y las zonas de hábitats se corresponden a terrenos con vegetación natural
ubicados fuera del módulo de generación fotovoltaico.
El resumen ejecutivo, menciona los impactos positivos sobre el territorio en relación a
la generación de empleo en fase de obras y de funcionamiento y el beneficio económico
durante el periodo de vida útil del módulo solar para los propietarios de los terrenos
afectados y para los Ayuntamientos afectados, en forma de tasas asociadas (licencias de
obra, impuestos de actividad, etc.), que implican en último término una mejora en los
servicios de la población.
El proyecto se enmarca sobre una zona de frecuencia baja-media, fuera de Zonas de
Alto Riesgo de Incendio (ZAR) según el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de
Castilla-La Mancha (INFOCAM), y que la tipología de las actuaciones y actividades
asociadas al mismo no requieren de medidas especiales de protección contra incendios,
no se considera que el proyecto pueda ejercer influencia sobre el riesgo de incendio
forestal actualmente existente.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
Se establece un buffer de 5 km alrededor de sus infraestructuras para detectar otros
proyectos y sus afecciones sinérgicas, se tienen en cuenta 11 proyectos existentes: de
los cuales 7 son eólicos: Parque Eólico Atalaya de la Solana (a 5.293 metros al
noroeste), los módulo de generación eólica Capiruza I (a 3.780 m al noroeste ) y II ( 502
m al noroeste), PE Fuensanta (3.782 m al suroeste), PE Molar del Molinar (6.000 m al
suroeste), PE Sabina (7.783 m al sureste) y PE Sierra Quemada ( 3.080 m al sureste) y 4
son solares Huerto Solar Pozohondo 1 (7.359 m al sureste), Huerto Solar Pozohondo 2
(7.832 m al este), Huerto Solar Pozohondo 3 (7.273 m al noreste), Huerto Solar Peñas
de San Pedro (1.891 m al suroeste), y 4 proyectos en tramitación: FV Los Villares (3.028
m al sureste), FV Aconcagua (7.522 m al sureste), PSFV Azalea (7.063 m al noreste) y
Módulo de generación fotovoltaica Capiruza II (Colindante al este).
Los principales impactos ocasionados son sobre el suelo, ocupación y pérdida de
suelo para actividades agropecuarias, la compactación y la posible contaminación
durante la fase de obras y sobre la fauna, al producirse un impacto sinérgico con el resto
de proyectos llevados a cabo en el área de estudio. Con respecto al efecto sinérgico por
pérdida de conectividad o efecto barrera derivado de la acumulación de instalaciones, el
estudio de impacto ambiental propone crear un corredor de 100 m entre los módulos
fotovoltaicos Capiruza I y II, suponiendo un total de 10 ha, para el fomento de la
conectividad
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación
de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida Capiruza II
de 49,6 MWp / 41,8 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación» continuase
con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse
efectos adversos significativos en el medio ambiente, y siempre que se cumpliesen una
serie de medidas y condiciones indicadas.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y a Dirección General Economía
Circular ambas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 30 de mayo
de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
cve: BOE-A-2023-17619
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
7.
Sec. III. Pág. 113336
Incidencia socio-económica sobre el territorio.
El núcleo poblacional de Peñas de San Pedro, situado a situado a 987 m en
dirección oeste del módulo de generación Fotovoltaica, cuenta con 1.410 habitantes
(INE, 2022) y pertenece a la comarca de la Sierra de Alcaraz. Linda con los términos
municipales de Albacete, Pozohondo, Alcadozo, Casas de Lázaro, Pozuelo y San Pedro,
todos ellos de la provincia de Albacete.
La ubicación del proyecto es una zona eminentemente agrícola, de terrenos de labor
en secano, y las zonas de hábitats se corresponden a terrenos con vegetación natural
ubicados fuera del módulo de generación fotovoltaico.
El resumen ejecutivo, menciona los impactos positivos sobre el territorio en relación a
la generación de empleo en fase de obras y de funcionamiento y el beneficio económico
durante el periodo de vida útil del módulo solar para los propietarios de los terrenos
afectados y para los Ayuntamientos afectados, en forma de tasas asociadas (licencias de
obra, impuestos de actividad, etc.), que implican en último término una mejora en los
servicios de la población.
El proyecto se enmarca sobre una zona de frecuencia baja-media, fuera de Zonas de
Alto Riesgo de Incendio (ZAR) según el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de
Castilla-La Mancha (INFOCAM), y que la tipología de las actuaciones y actividades
asociadas al mismo no requieren de medidas especiales de protección contra incendios,
no se considera que el proyecto pueda ejercer influencia sobre el riesgo de incendio
forestal actualmente existente.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
Se establece un buffer de 5 km alrededor de sus infraestructuras para detectar otros
proyectos y sus afecciones sinérgicas, se tienen en cuenta 11 proyectos existentes: de
los cuales 7 son eólicos: Parque Eólico Atalaya de la Solana (a 5.293 metros al
noroeste), los módulo de generación eólica Capiruza I (a 3.780 m al noroeste ) y II ( 502
m al noroeste), PE Fuensanta (3.782 m al suroeste), PE Molar del Molinar (6.000 m al
suroeste), PE Sabina (7.783 m al sureste) y PE Sierra Quemada ( 3.080 m al sureste) y 4
son solares Huerto Solar Pozohondo 1 (7.359 m al sureste), Huerto Solar Pozohondo 2
(7.832 m al este), Huerto Solar Pozohondo 3 (7.273 m al noreste), Huerto Solar Peñas
de San Pedro (1.891 m al suroeste), y 4 proyectos en tramitación: FV Los Villares (3.028
m al sureste), FV Aconcagua (7.522 m al sureste), PSFV Azalea (7.063 m al noreste) y
Módulo de generación fotovoltaica Capiruza II (Colindante al este).
Los principales impactos ocasionados son sobre el suelo, ocupación y pérdida de
suelo para actividades agropecuarias, la compactación y la posible contaminación
durante la fase de obras y sobre la fauna, al producirse un impacto sinérgico con el resto
de proyectos llevados a cabo en el área de estudio. Con respecto al efecto sinérgico por
pérdida de conectividad o efecto barrera derivado de la acumulación de instalaciones, el
estudio de impacto ambiental propone crear un corredor de 100 m entre los módulos
fotovoltaicos Capiruza I y II, suponiendo un total de 10 ha, para el fomento de la
conectividad
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación
de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida Capiruza II
de 49,6 MWp / 41,8 MW, y de una parte de su infraestructura de evacuación» continuase
con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse
efectos adversos significativos en el medio ambiente, y siempre que se cumpliesen una
serie de medidas y condiciones indicadas.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad y a Dirección General Economía
Circular ambas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 30 de mayo
de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo
cve: BOE-A-2023-17619
Verificable en https://www.boe.es
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