III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-17619)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación híbrida Capiruza II, de 49,6 MWp/41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación" en Peñas de San Pedro (Albacete).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113331
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17619
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Instalación híbrida Capiruza II, de 49,6
MWp/41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación» en
Peñas de San Pedro (Albacete).
Con fecha 14 de marzo de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de tramitación de
procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación Híbrida
Capiruza II de 49,6 MWp / 41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de
evacuación» en el término municipal de Peñas de San Pedro, provincia de Albacete,
promovido por Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha SA, al amparo del artículo 6 del
Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Realizado el análisis de la documentación, se constata que no reúne condiciones
de calidad suficientes, para acogerse a la tramitación prevista artículo 6 del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania, por lo que, con fecha 31 de marzo de 2023, se requieren al
promotor, fichas de campo o tabla con el registro de los avistamientos de aves de un
ciclo anual completo y el informe de afección al patrimonio-histórico cultural con los
resultados de la prospección arqueológica y la resolución del Servicio de Cultura de
Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Con fecha 17 de abril de 2023, el promotor remite la documentación requerida tras lo
que se comprueba que la solicitud cumple los requisitos legales y se procede a continuar
con el procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto.
El proyecto consiste en el Módulo solar fotovoltaico «Capiruza II de 41,8 MWac» y las
infraestructuras necesarias para su hibridación con el módulo de generación eólica
preexistente Parque Eólico Capiruza II de 42 MWac. Se proyecta junto con otra Planta
Fotovoltaica, la cual se tramita de manera independiente (PSF Capiruza I 49,4 MWac), y
se hibridarán con los Parques Eólicos del mismo nombre existentes en la zona. El
conjunto comparte punto de acceso a la red.
La construcción del Módulo de generación fotovoltaica implica: el módulo de generación
fotovoltaica Capiruza II de 41,8 MWac, (con una superficie de ocupación total de 75,26 ha,
un perímetro de vallado de 8.165,73 m), la línea soterrada de media tensión (LSMT) 20 Kv
(3.922,30 m) y la adecuación de la Subestación existente Capiruza 20/132 kV para la nueva
conexión del módulo fotovoltaico en 20 kV.
La potencia conjunta de la instalación híbrida, tanto del módulo solar como del eólico,
la potencia instalada conseguida con la hibridación será de será de 83,8 MW.
El Parque Eólico Capiruza II de 42 MW cuenta con DIA positiva (resolución 10
de junio de 2003 del DOCM 14 de julio de 2003). Está en funcionamiento desde el
año 2004.
cve: BOE-A-2023-17619
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113331
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
17619
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Instalación híbrida Capiruza II, de 49,6
MWp/41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación» en
Peñas de San Pedro (Albacete).
Con fecha 14 de marzo de 2023, tiene entrada solicitud de inicio de tramitación de
procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Instalación Híbrida
Capiruza II de 49,6 MWp / 41,8 MW, y para una parte de su infraestructura de
evacuación» en el término municipal de Peñas de San Pedro, provincia de Albacete,
promovido por Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha SA, al amparo del artículo 6 del
Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania.
Realizado el análisis de la documentación, se constata que no reúne condiciones
de calidad suficientes, para acogerse a la tramitación prevista artículo 6 del Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el
marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
guerra en Ucrania, por lo que, con fecha 31 de marzo de 2023, se requieren al
promotor, fichas de campo o tabla con el registro de los avistamientos de aves de un
ciclo anual completo y el informe de afección al patrimonio-histórico cultural con los
resultados de la prospección arqueológica y la resolución del Servicio de Cultura de
Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Con fecha 17 de abril de 2023, el promotor remite la documentación requerida tras lo
que se comprueba que la solicitud cumple los requisitos legales y se procede a continuar
con el procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto.
El proyecto consiste en el Módulo solar fotovoltaico «Capiruza II de 41,8 MWac» y las
infraestructuras necesarias para su hibridación con el módulo de generación eólica
preexistente Parque Eólico Capiruza II de 42 MWac. Se proyecta junto con otra Planta
Fotovoltaica, la cual se tramita de manera independiente (PSF Capiruza I 49,4 MWac), y
se hibridarán con los Parques Eólicos del mismo nombre existentes en la zona. El
conjunto comparte punto de acceso a la red.
La construcción del Módulo de generación fotovoltaica implica: el módulo de generación
fotovoltaica Capiruza II de 41,8 MWac, (con una superficie de ocupación total de 75,26 ha,
un perímetro de vallado de 8.165,73 m), la línea soterrada de media tensión (LSMT) 20 Kv
(3.922,30 m) y la adecuación de la Subestación existente Capiruza 20/132 kV para la nueva
conexión del módulo fotovoltaico en 20 kV.
La potencia conjunta de la instalación híbrida, tanto del módulo solar como del eólico,
la potencia instalada conseguida con la hibridación será de será de 83,8 MW.
El Parque Eólico Capiruza II de 42 MW cuenta con DIA positiva (resolución 10
de junio de 2003 del DOCM 14 de julio de 2003). Está en funcionamiento desde el
año 2004.
cve: BOE-A-2023-17619
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho