III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Precios públicos. (BOE-A-2023-17637)
Orden UNI/900/2023, de 4 de julio, por la que se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios y otros servicios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113544
de simultaneidad de estudios, la aplicación de la bonificación se realizará siempre en la
Universidad en la que el estudiante obtuvo la matrícula de honor. No cabe bonificación
por este concepto si la matrícula de honor se logró en el curso en el que el estudiante
finalizó el plan de estudios.
f) Devolución: Si teniendo el estudiante derecho a esta bonificación, abona los
precios públicos completos, el importe será reintegrado previa solicitud de devolución de
precios públicos.
Quinto. Becarios.
Los estudiantes que soliciten beca o bonificación con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, el Gobierno Vasco, la Generalitat Valenciana o la Junta de
Andalucía abonarán los precios públicos por servicios académicos que se determine en
su normativa reguladora.
Los estudiantes que, al formalizar la matrícula, se acojan a la exención de precios
por haber solicitado la concesión de una beca y, posteriormente, no obtuviesen la
condición de becario o les fuera revocada la beca concedida o el importe concedido sea
inferior al de las asignaturas matriculadas, vendrán obligados al abono del precio
correspondiente a la matrícula que efectuaron; su impago conllevará la anulación de
dicha matrícula en todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos
por la legislación vigente.
La beca solo alcanzará a los precios públicos de asignaturas matriculadas y
cursadas, no a las reconocidas, tuteladas, ni a otros conceptos.
Sexto.
Reconocimiento y transferencia de créditos.
Los estudiantes que obtengan el reconocimiento de créditos en los Grados o en los
Másteres Universitarios por estudios u otras actividades realizadas fuera de la UNED,
abonarán el 30 % de los precios establecidos, para cada caso, en los anexos I y II.
Con carácter previo deberá abonarse en el momento de la solicitud de este servicio
un pago anticipado de 22,50 euros, que no será objeto de devolución ni exención en
caso de desistimiento por parte del estudiante. Este importe también será exigible a los
reconocimientos entre estudios de la UNED, cuando se solicite un reconocimiento
superior a cuatro créditos ECTS, sin que tampoco sea objeto de devolución o exención.
El reconocimiento de créditos que lleva consigo las vías de acceso especiales a
determinados Grados, como cursos puente o itinerarios específicos se abonará al precio
único de 180,00 euros. Este precio se abona en matrícula, por lo que no será objeto de
pago anticipado. La anulación de la matrícula no dará derecho a su devolución.
Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos deberán abonar un importe
de 150,00 euros, en los términos que se fijen en la normativa de esta Universidad.
Los precios a los que se refiere este artículo gozarán de las mismas exenciones
previstas en el apartado 4 de esta orden para el resto de los precios públicos por
servicios académicos.
Los estudiantes del Trabajo de Fin de Máster o Trabajo Fin de Grado cuatrimestral, a
excepción del Grado en Psicología, con carácter previo a su matrícula y en los términos
que sean fijados en las normas de matrícula, podrán abonar una tutela que tendrá la
consideración de pago a cuenta, siempre que la matrícula del Trabajo se realice en el
mismo curso que la tutela. Si el estudiante opta por no matricularse del Trabajo Final en
ese curso, la cuantía abonada en concepto de tutela solo podrá ser objeto de
compensación o devolución, si la causa de la devolución se corresponde con alguno de
los supuestos enumerados en la normativa de la UNED sobre devoluciones de precios
públicos.
cve: BOE-A-2023-17637
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo. Tutela académica.
Núm. 181
Lunes 31 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 113544
de simultaneidad de estudios, la aplicación de la bonificación se realizará siempre en la
Universidad en la que el estudiante obtuvo la matrícula de honor. No cabe bonificación
por este concepto si la matrícula de honor se logró en el curso en el que el estudiante
finalizó el plan de estudios.
f) Devolución: Si teniendo el estudiante derecho a esta bonificación, abona los
precios públicos completos, el importe será reintegrado previa solicitud de devolución de
precios públicos.
Quinto. Becarios.
Los estudiantes que soliciten beca o bonificación con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, el Gobierno Vasco, la Generalitat Valenciana o la Junta de
Andalucía abonarán los precios públicos por servicios académicos que se determine en
su normativa reguladora.
Los estudiantes que, al formalizar la matrícula, se acojan a la exención de precios
por haber solicitado la concesión de una beca y, posteriormente, no obtuviesen la
condición de becario o les fuera revocada la beca concedida o el importe concedido sea
inferior al de las asignaturas matriculadas, vendrán obligados al abono del precio
correspondiente a la matrícula que efectuaron; su impago conllevará la anulación de
dicha matrícula en todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos
por la legislación vigente.
La beca solo alcanzará a los precios públicos de asignaturas matriculadas y
cursadas, no a las reconocidas, tuteladas, ni a otros conceptos.
Sexto.
Reconocimiento y transferencia de créditos.
Los estudiantes que obtengan el reconocimiento de créditos en los Grados o en los
Másteres Universitarios por estudios u otras actividades realizadas fuera de la UNED,
abonarán el 30 % de los precios establecidos, para cada caso, en los anexos I y II.
Con carácter previo deberá abonarse en el momento de la solicitud de este servicio
un pago anticipado de 22,50 euros, que no será objeto de devolución ni exención en
caso de desistimiento por parte del estudiante. Este importe también será exigible a los
reconocimientos entre estudios de la UNED, cuando se solicite un reconocimiento
superior a cuatro créditos ECTS, sin que tampoco sea objeto de devolución o exención.
El reconocimiento de créditos que lleva consigo las vías de acceso especiales a
determinados Grados, como cursos puente o itinerarios específicos se abonará al precio
único de 180,00 euros. Este precio se abona en matrícula, por lo que no será objeto de
pago anticipado. La anulación de la matrícula no dará derecho a su devolución.
Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos deberán abonar un importe
de 150,00 euros, en los términos que se fijen en la normativa de esta Universidad.
Los precios a los que se refiere este artículo gozarán de las mismas exenciones
previstas en el apartado 4 de esta orden para el resto de los precios públicos por
servicios académicos.
Los estudiantes del Trabajo de Fin de Máster o Trabajo Fin de Grado cuatrimestral, a
excepción del Grado en Psicología, con carácter previo a su matrícula y en los términos
que sean fijados en las normas de matrícula, podrán abonar una tutela que tendrá la
consideración de pago a cuenta, siempre que la matrícula del Trabajo se realice en el
mismo curso que la tutela. Si el estudiante opta por no matricularse del Trabajo Final en
ese curso, la cuantía abonada en concepto de tutela solo podrá ser objeto de
compensación o devolución, si la causa de la devolución se corresponde con alguno de
los supuestos enumerados en la normativa de la UNED sobre devoluciones de precios
públicos.
cve: BOE-A-2023-17637
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo. Tutela académica.