III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-17483)
Resolución 420/38308/2023, de 20 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad San Jorge, para el desarrollo de actividades docentes y de investigación en el Hospital General de la Defensa en Zaragoza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112598
Universidad San Jorge, favoreciendo el intercambio de conocimientos e información de
interés mutuo, tanto en el ámbito científico y técnico como en el profesional.
Segundo.
Con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Dicho real
decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, y en cuyo apartado treinta y cuatro, se añade una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación.
Tercero.
El apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece
que en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.
Cuarto.
Asimismo, conforme establece la disposición final décima del citado Real
Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, esta medida entrará en vigor el próximo 1 de
octubre de 2023.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
San Jorge de Zaragoza, para la realización de actividades docentes y de
investigación en el Hospital General de la Defensa en Zaragoza, firmado el 19
de noviembre de 2018.
La cláusula decimotercera, Cotizaciones a la Seguridad Social, queda redactada
como sigue:
«En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
cve: BOE-A-2023-17483
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de la presente adenda es adecuar la cláusula decimotercera «Cotizaciones
a la Seguridad Social» al nuevo marco legal, ampliando y mejorando la regulación de la
inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas
formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, dada
por la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre,
para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia
social, laboral y de empleo.
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112598
Universidad San Jorge, favoreciendo el intercambio de conocimientos e información de
interés mutuo, tanto en el ámbito científico y técnico como en el profesional.
Segundo.
Con fecha 17 de marzo de 2023, se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el
Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de
derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento
de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Dicho real
decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, y en cuyo apartado treinta y cuatro, se añade una nueva disposición adicional
quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de
alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación.
Tercero.
El apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece
que en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución entidad en la
que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en
su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones
corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.
Cuarto.
Asimismo, conforme establece la disposición final décima del citado Real
Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, esta medida entrará en vigor el próximo 1 de
octubre de 2023.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
Segunda. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
San Jorge de Zaragoza, para la realización de actividades docentes y de
investigación en el Hospital General de la Defensa en Zaragoza, firmado el 19
de noviembre de 2018.
La cláusula decimotercera, Cotizaciones a la Seguridad Social, queda redactada
como sigue:
«En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
cve: BOE-A-2023-17483
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de la presente adenda es adecuar la cláusula decimotercera «Cotizaciones
a la Seguridad Social» al nuevo marco legal, ampliando y mejorando la regulación de la
inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas
formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, dada
por la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre,
para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia
social, laboral y de empleo.