III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-17493)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Santa Susanna, en materia de la seguridad del ferrocarril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 112645

de seguridad del ferrocarril. Dicho Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación en fecha 18 de junio de 2021.
Segundo.
Que el citado Convenio tiene por objeto el establecimiento de las condiciones que
regirán las relaciones entre ADIF y el Ayuntamiento de Santa Susanna en lo relativo a la
instalación de un nuevo cerramiento, implicando la realización de diversas obras y la
prestación de distintos servicios:
– Instalación de un nuevo cerramiento de seguridad de malla electrosoldada entre
los puntos kilométricos 52/000 al 52/810, lado montaña y 51/750 a 23/100, lado mar, de
la línea de Barcelona a Maçanet-Massanes por Mataró, colindante con la Platja de les
Dunes, del municipio.
– Mantenimiento y conservación del nuevo cerramiento.
Tercero.
Que, de conformidad con lo establecido en la cláusula quinta, el convenio tiene una
vigencia máxima de dos años, añadiendo que si bien, en el caso de que la ejecución de
las actuaciones que se recogen en el mismo requieran de un período superior de tiempo,
las partes se comprometen a tramitar, con suficiente antelación al fin de dicha vigencia,
su necesaria prórroga, de conformidad con lo previsto en el apartado 2.º del
artículo 49.h) de dicha Ley.
Cuarto.
Que esta prórroga se demanda por requerir un periodo superior de tiempo la
ejecución de las actuaciones que se recogen en el convenio existiendo acuerdo unánime
de las partes en prorrogar el Convenio entre el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) y el Ayuntamiento de Santa Susanna, en materia de seguridad del
ferrocarril.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

El Objeto de la presente Adenda es la prórroga del Convenio entre el Ayuntamiento
de Santa Susanna y el Administrador de Infraestructuras Ferroviaria en materia de la
seguridad del ferrocarril, consistente en la Instalación de un nuevo cerramiento de
seguridad de malla electrosoldada entre los puntos kilométricos 52/000 al 52/810, lado
montaña y 51/750 a 23/100, lado mar, de la línea de Barcelona a Maçanet-Massanes por
Mataró, colindante con la Platja de les Dunes, del municipio de Santa Susanna.
Prórroga del convenio.

Que, de conformidad con lo establecido en la citada cláusula quinta del convenio,
ambas partes acuerdan la prórroga del mismo por un año adicional desde la finalización
del mismo.
Tercera. Efectos de la adenda.
La presente Adenda se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el mismo plena
validez y eficacia desde el momento de su inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, en el plazo de

cve: BOE-A-2023-17493
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.