III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-17481)
Resolución de 21 de julio de 2023, del Consorcio Centro Sefarad-Israel, por la que se publica el Convenio con World Jewish Congress, para la organización de la exposición "La Edad de Oro de los Judíos de Alandalús".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Sábado 29 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 112580

– Invitar a un representante de la institución con la que se firma el presente convenio
a la inauguración de la muestra.
– Facilitar al World Jewish Congress los diseños del número de paneles que
considere Centro Sefarad-Israel, de un metro de ancho por dos metros de alto, que
contengan una parte representativa de los contenidos de la exposición, a fin de que
puedan ser expuestos donde World Jewish Congress considere. La fecha de entrega
será durante los meses en los que la exposición permanece abierta al público.
– Colaborar con World Jewish Congress en la concepción intelectual del programa
cultural que pueda acompañar a la muestra.
Las partes harán constar sus respectivos logotipos en cualquier tipo de material
divulgativo derivado de cualquier actividad conjunta que se genere en el marco de
colaboración establecido en el presente convenio.
Tercera.

Obligaciones de World Jewish Congress.

– Acordar los términos de la organización de la exposición en la comisión de
seguimiento.
– Acordar los detalles de la programación de la exposición en el seno de la comisión
de seguimiento.
– Participar en el evento, seminario o congreso a través de, al menos, un
representante ya sea de forma presencial o virtual.
– World Jewish Congress asume el compromiso de efectuar una aportación
económica de hasta un máximo de cinco mil euros (5.000 €) (impuestos no incluidos)
para la financiación de los gastos de organización, logística y producción de la
exposición «La edad de oro de los judíos de Alandalús».
Dicha aportación económica se realizará de la siguiente forma:
– Mediante la realización de una transferencia en la cuenta corriente de CS-I, que
esta indique en un plazo máximo de treinta días desde la publicación del presente
convenio en el BOE.
– Dar la máxima difusión posible de la colaboración de ambas entidades en la
organización de la exposición «La edad de oro de los judíos de Alandalús»,
– Las partes harán constar sus respectivos logotipos en cualquier tipo de material
divulgativo derivado de cualquier actividad conjunta que se genere en el marco de
colaboración establecido en el presente convenio.
Cuarta. Vigencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, el presente convenio se perfecciona por el consentimiento de las partes, será
eficaz a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado».
Comisión mixta de seguimiento.

Desde la entrada en vigor del presente convenio, se creará una Comisión mixta de
seguimiento, vigilancia y control, que supervisará el desarrollo del mismo y estará
formada por un responsable de cada entidad.
Dicha comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a propuesta de una o
cualquiera de las Partes con el fin de mantenerse permanentemente informadas y
realizar el seguimiento de los compromisos asumidos mediante este convenio, así como

cve: BOE-A-2023-17481
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.