III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-17510)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la regulación del Centro de Biología Molecular Severo Ochoa.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112781
d) El material adquirido con recursos generados por el Centro o financiado
conjuntamente por las partes se distribuirá, previo acuerdo, siguiendo criterios de
proporcionalidad en cuanto a las respectivas aportaciones.
e) Los gastos originados por la restitución de los bienes serán de cuenta exclusiva
de la parte que haya de recibirlos, salvo acuerdo en contrario.
f) Los fondos resultantes de la liquidación, si los hubiere, se distribuirán en
proporción a la contribución de cada una de las partes en el momento de la resolución
del convenio.
2. La Comisión Liquidadora deberá finalizar sus trabajos en un plazo máximo de
seis meses computados desde la fecha de su constitución y será competente para
resolver aquellas cuestiones no previstas en esta cláusula con arreglo a criterios de
equidad.
3. La liquidación, en cualquier caso, habrá de respetar las reglas que, para esta
materia, incluye el artículo 52 de la ya citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Vigesimoséptima.
Referencia de genero.
Todas las menciones y denominaciones que, en virtud del principio de economía del
lenguaje, se hagan en género masculino inclusivo en este convenio referidas a titulares o
miembros de órganos o a colectivos de personas, se entenderán realizadas tanto en
género femenino como en masculino.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman este convenio, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y
fecha al inicio indicados, el 18 de julio de 2023.–La Rectora de la Universidad Autónoma
de Madrid, Amaya Mendikoetxea Pelayo.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, María Eloísa del Pino Matute.
ANEXO I
Relación de equipamiento e infraestructura científica
El anexo I al que se refiere el convenio se publica en la web https://www.cbm.uam.es/es/.
ANEXO II
Relación de personal adscrito al CBM
II A. Personal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Número de personas
Profesor de Investigación.
19
Investigador Científico.
17
Científico Titular.
24
Investigador Distinguido.
1
Técnico Superior Especialista-OPIs.
13
E. Ayudantes de Invest. de los OO.Públicos de
Investigación.
13
E. Auxiliares de Invest. de los OO.Públicos de
Investigación.
3
Técnico Especialista-OPIs.
7
Cuerpo General Administrativo.
4
cve: BOE-A-2023-17510
Verificable en https://www.boe.es
Categorías CSIC
Núm. 180
Sábado 29 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 112781
d) El material adquirido con recursos generados por el Centro o financiado
conjuntamente por las partes se distribuirá, previo acuerdo, siguiendo criterios de
proporcionalidad en cuanto a las respectivas aportaciones.
e) Los gastos originados por la restitución de los bienes serán de cuenta exclusiva
de la parte que haya de recibirlos, salvo acuerdo en contrario.
f) Los fondos resultantes de la liquidación, si los hubiere, se distribuirán en
proporción a la contribución de cada una de las partes en el momento de la resolución
del convenio.
2. La Comisión Liquidadora deberá finalizar sus trabajos en un plazo máximo de
seis meses computados desde la fecha de su constitución y será competente para
resolver aquellas cuestiones no previstas en esta cláusula con arreglo a criterios de
equidad.
3. La liquidación, en cualquier caso, habrá de respetar las reglas que, para esta
materia, incluye el artículo 52 de la ya citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Vigesimoséptima.
Referencia de genero.
Todas las menciones y denominaciones que, en virtud del principio de economía del
lenguaje, se hagan en género masculino inclusivo en este convenio referidas a titulares o
miembros de órganos o a colectivos de personas, se entenderán realizadas tanto en
género femenino como en masculino.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman este convenio, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y
fecha al inicio indicados, el 18 de julio de 2023.–La Rectora de la Universidad Autónoma
de Madrid, Amaya Mendikoetxea Pelayo.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas, María Eloísa del Pino Matute.
ANEXO I
Relación de equipamiento e infraestructura científica
El anexo I al que se refiere el convenio se publica en la web https://www.cbm.uam.es/es/.
ANEXO II
Relación de personal adscrito al CBM
II A. Personal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Número de personas
Profesor de Investigación.
19
Investigador Científico.
17
Científico Titular.
24
Investigador Distinguido.
1
Técnico Superior Especialista-OPIs.
13
E. Ayudantes de Invest. de los OO.Públicos de
Investigación.
13
E. Auxiliares de Invest. de los OO.Públicos de
Investigación.
3
Técnico Especialista-OPIs.
7
Cuerpo General Administrativo.
4
cve: BOE-A-2023-17510
Verificable en https://www.boe.es
Categorías CSIC