I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Información tributaria. (BOE-A-2023-17430)
Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueban el modelo 172 "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales" y el modelo 173 "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
IDDeclarante ¹

IDVersionModelo ¹

PersonaContacto

NIFRepresentante

NombreRazon ¹

Telefono ¹
ApellidosNombre ¹

Apellidos y nombre de la persona de contacto.

Número de teléfono de la persona de contacto.

NIF del representante del declarante.

Nombre y apellidos / razón social del declarante.

NIF del declarante.

Identificación de la versión del esquema
utilizado para la presentación de la
información.

Ejercicio.

Tipo de operación (alta, modificación).

DESCRIPCIÓN

Ejercicio ¹

DATOS/
AGRUPACIÓN

Modelo de la declaración.

NIF ¹

DATOS/
AGRUPACIÓN

Alfanumérico(120)

Alfanumérico(16)

FormatoNIF(9)

Alfanumérico(120)

FormatoNIF(9)

L0

Alfanumérico(3)

Numérico(4)

Numérico(3)

L1

Alfanumérico(2)

FORMATO
LONGITUD
LISTA

Sábado 29 de julio de 2023

cve: BOE-A-2023-17430
Verificable en https://www.boe.es

Cabecera

DATOS/
AGRUPACIÓN

Modelo ¹

TipoComunicacion ¹

DATOS/
AGRUPACIÓN

Campo
Campo obligatorio
Grupo repetitivo
Campo opcional
Campo de selección

Núm. 180

BLOQUE

Leyenda
Rojo o 1(superíndice)
(N) =
Negro =

I. CAMPOS DE REGISTRO Y ESPECIFICACIONES FUNCIONALES DE LOS MENSAJES DE ALTA Y MODIFICACIÓN.

Los mensajes informáticos que, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente orden, sean transmitidos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria deberán contener, en
los términos establecidos en el artículo 39 bis del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas
comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, la información que se muestra a continuación, incluyendo
una descripción de cada uno de los campos de registro integrados en los mensajes informáticos en que se concreta el contenido de la declaración del modelo 172.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. I. Pág. 112322

ANEXO I

Contenido de la declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales,
modelo 172