III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-17357)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Sanidad, dirigido al almacenamiento de vacunas contra la viruela del mono.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109617
en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las
competencias de la Administración General del Estado para asegurar a la ciudadanía el
derecho a la protección de la salud.
Que entre las competencias encomendadas al Ministerio de Sanidad, la Dirección
General de Salud Pública asume la promoción de la salud y la prevención de las
enfermedades y lesiones, y ejerce el control de la publicidad en el ámbito de la
Secretaría de Estado de Sanidad, vinculada a los temas de su competencia, así como
aquella que no esté atribuida a otros centros directivos de la misma.
En particular, el artículo 4.7.j) del Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, otorga a la
Dirección General de Salud Pública la competencia para coordinar y gestionar
técnicamente acuerdos para la adquisición conjunta de vacunas a nivel nacional e
internacional.
Una vez fue declarada la viruela del mono, en adelante MPox, como una emergencia
de salud pública de importancia internacional (ESPII) por el Director General de la
Organización Mundial de la Salud, el 23 de julio de 2022, el Ministerio de Sanidad
impartió instrucciones sobre el manejo clínico y la gestión de casos de viruela del mono
en el Sistema Nacional de Salud, además de proceder a la compra y almacenaje de la
vacuna contra la Mpox.
Asimismo, el Ministerio de Sanidad se sumó a la compra conjunta y reserva de
vacunas con fórmula mejorada y con menos efectos adversos, para intentar cortar la
transmisión del brote internacional de la MPox. Según se refleja en el convenio suscrito
el 30 de julio de 2019 entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la custodia y gestión del depósito
estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y
catástrofes, la AEMPS era propietaria de dos millones de dosis de vacuna ACAM 2000
contra el virus de la viruela que el Centro Militar de Farmacia de la Defensa
(CEMILFARDEF) se comprometió a almacenar, custodiar y gestionar a temperaturas de
entre –20 ºC y ± 5 ºC.
Sin embargo, otras vacunas desarrolladas con posterioridad resultaron ser más
eficaces y seguras contra la MPox que la ACAM 2000.
Segundo.
Tercero.
Que la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, recoge en su artículo 102
que la Administración General del Estado establecerá las normas de elaboración,
fabricación, transporte y almacenamiento de medicamentos y otros productos sanitarios
y farmacéuticos.
Por todo ello, tanto el Ministerio de Sanidad como el Ministerio de Defensa en el
ámbito de sus respectivas competencias, están de acuerdo en regular la colaboración
cve: BOE-A-2023-17357
Verificable en https://www.boe.es
Que el Ministerio de Defensa tiene entre sus fines la determinación de la política de
defensa nacional, sus objetivos y los recursos y acciones necesarias para obtenerlos.
Estos objetivos se definen en la Directiva de Defensa Nacional 2020, de 11 de junio, que
constituye la base del Planeamiento de la Defensa Nacional y de la Defensa Militar.
Asimismo, la Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por
la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de
Sanidad de la Defensa y se describe su estructura orgánica, establece en su apartado
séptimo que la Subinspección General de Apoyo y Ordenación Farmacéutica se encarga
de las funciones de la Inspección General de Sanidad en el ámbito farmacéutico,
correspondiéndole, entre otras funciones, gestionar la ordenación y la producción de
elaborados farmacéuticos, coordinar con los Ejércitos el apoyo farmacéutico, gestionar
los recursos farmacéuticos correspondientes a la Red Sanitaria Militar y controlar la
producción, distribución, conservación, custodia y dispensación de medicamentos y
productos sanitarios.
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109617
en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las
competencias de la Administración General del Estado para asegurar a la ciudadanía el
derecho a la protección de la salud.
Que entre las competencias encomendadas al Ministerio de Sanidad, la Dirección
General de Salud Pública asume la promoción de la salud y la prevención de las
enfermedades y lesiones, y ejerce el control de la publicidad en el ámbito de la
Secretaría de Estado de Sanidad, vinculada a los temas de su competencia, así como
aquella que no esté atribuida a otros centros directivos de la misma.
En particular, el artículo 4.7.j) del Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, otorga a la
Dirección General de Salud Pública la competencia para coordinar y gestionar
técnicamente acuerdos para la adquisición conjunta de vacunas a nivel nacional e
internacional.
Una vez fue declarada la viruela del mono, en adelante MPox, como una emergencia
de salud pública de importancia internacional (ESPII) por el Director General de la
Organización Mundial de la Salud, el 23 de julio de 2022, el Ministerio de Sanidad
impartió instrucciones sobre el manejo clínico y la gestión de casos de viruela del mono
en el Sistema Nacional de Salud, además de proceder a la compra y almacenaje de la
vacuna contra la Mpox.
Asimismo, el Ministerio de Sanidad se sumó a la compra conjunta y reserva de
vacunas con fórmula mejorada y con menos efectos adversos, para intentar cortar la
transmisión del brote internacional de la MPox. Según se refleja en el convenio suscrito
el 30 de julio de 2019 entre el Ministerio de Defensa y la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la custodia y gestión del depósito
estatal estratégico de medicamentos y productos sanitarios para emergencias y
catástrofes, la AEMPS era propietaria de dos millones de dosis de vacuna ACAM 2000
contra el virus de la viruela que el Centro Militar de Farmacia de la Defensa
(CEMILFARDEF) se comprometió a almacenar, custodiar y gestionar a temperaturas de
entre –20 ºC y ± 5 ºC.
Sin embargo, otras vacunas desarrolladas con posterioridad resultaron ser más
eficaces y seguras contra la MPox que la ACAM 2000.
Segundo.
Tercero.
Que la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, recoge en su artículo 102
que la Administración General del Estado establecerá las normas de elaboración,
fabricación, transporte y almacenamiento de medicamentos y otros productos sanitarios
y farmacéuticos.
Por todo ello, tanto el Ministerio de Sanidad como el Ministerio de Defensa en el
ámbito de sus respectivas competencias, están de acuerdo en regular la colaboración
cve: BOE-A-2023-17357
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Que el Ministerio de Defensa tiene entre sus fines la determinación de la política de
defensa nacional, sus objetivos y los recursos y acciones necesarias para obtenerlos.
Estos objetivos se definen en la Directiva de Defensa Nacional 2020, de 11 de junio, que
constituye la base del Planeamiento de la Defensa Nacional y de la Defensa Militar.
Asimismo, la Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por
la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección General de
Sanidad de la Defensa y se describe su estructura orgánica, establece en su apartado
séptimo que la Subinspección General de Apoyo y Ordenación Farmacéutica se encarga
de las funciones de la Inspección General de Sanidad en el ámbito farmacéutico,
correspondiéndole, entre otras funciones, gestionar la ordenación y la producción de
elaborados farmacéuticos, coordinar con los Ejércitos el apoyo farmacéutico, gestionar
los recursos farmacéuticos correspondientes a la Red Sanitaria Militar y controlar la
producción, distribución, conservación, custodia y dispensación de medicamentos y
productos sanitarios.