II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2023-17315)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de julio de 2023

Sec. II.B. Pág. 109460

Estos méritos se reflejarán en el anexo III, modelo de solicitud en el último apartado
(Pruebas de acceso superadas de funcionarios y funcionarias de carrera) y serán
comprobados por la Unidad de Recursos Humanos correspondiente.
2.2 Por estar en posesión del título que acredite la tenencia de las especialidades
de Medicina de Familia y Comunitaria, Medicina Interna o Psiquiatría: 20 puntos.
2.3 Por estar en posesión de otras Licenciaturas, Grados y/o Másteres, de carácter
sanitario u otras especialidades médicas: 13 puntos.
2.4 Por estar en posesión de otras Licenciaturas, Grados y/o Másteres,
valorándose solo uno de ellos: 7 puntos.
Los méritos de los apartados 2.2 y 2.3 únicamente se valorarán si se acreditaran
mediante copia auténtica o fotocopia compulsada del título referido. En caso de no estar
en posesión de este documento, solamente se dará validez a la certificación académica
original que acredite tener aprobados todos los estudios conducentes a la obtención del
título exigido, no valorándose otra forma de acreditación.
Todos los méritos de esta primera fase de concurso, para ser valorados se
acreditarán y presentarán con la instancia de participación (anexo III), en el plazo
señalado en estas bases.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en los apartados de la fase de concurso de la siguiente manera:
1. Por la experiencia del apartado 1.1. Se contabilizarán aquí los servicios efectivos
prestados en años, meses y días.
2. Por la experiencia del apartado 1.2. Se contabilizarán aquí los servicios efectivos
prestados en años meses y días.
3. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.1.
4. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.2.
5. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.3.
6. Por la puntuación obtenida en el apartado 2.4.
De persistir el empate el órgano de selección adoptará las medidas oportunas, que
se harán públicas en su momento para dirimirlos.
Para superar esta fase, será necesario obtener una puntuación mínima que será
determinada por la Comisión de Valoración.
En ningún caso se podrá seleccionar a un número superior de aspirantes al de
plazas convocadas.
ANEXO II
Plazas convocadas
Centro

N.º plazas

A Lama.

1

Alcázar de San Juan.

1

Algeciras.

1

Arrecife.

1

Badajoz.

1

Burgos.

1

Castellón II.

1

Ceuta.

2

Cuenca.

1

Daroca.

1

cve: BOE-A-2023-17315
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Núm. 178