II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2023-17315)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 109456
programas de reconocimiento médico el ingreso en prisión, programas de apoyo y
promoción de la salud mental, programas de atención a la mujer, programas de atención
a la persona mayor, programas de prevención de conductas autolíticas, y en general,
darán cumplimiento a las campañas preventivas organizadas por las autoridades
sanitarias nacionales y/o autonómicas. También realizarán tareas de prevención de la
salud en casos de aplicación de limitaciones regimentales, medios coercitivos y
sanciones disciplinarias a los/as internos/as recogidas en la normativa penitenciaria.
2.1.4 Compatibilidad funcional. Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. No estar afectado o afectada por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las funciones del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria.
2.1.5 Habilitación. No haber sido separado o separada mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
o para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario o funcionaria. En caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente,
ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6 No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas
de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de
antecedentes penales o la rehabilitación.
2.1.7 No ser personal funcionario de carrera ni personal funcionario en prácticas en
el mismo cuerpo al que se refiere la convocatoria. Tampoco podrán participar en el
presente proceso selectivo los/as funcionarios/as interinos/as del Cuerpo Facultativo de
Sanidad Penitenciaria con nombramiento igual o superior a tres años por razón de la
limitación temporal general establecida en el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3.
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo que figura como anexo III a esta convocatoria que estará disponible en el
Ministerio del Interior, en la Oficina del Registro General de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, en todos los centros penitenciarios, en los Colegios de
Médicos y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la provincia
correspondiente, en la página www.institucionpenitenciaria.es y en el Punto de Acceso
General www.administracion.gob.es
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.4 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.4.1 Título. Licenciatura o Grado en Medicina o Licenciatura en Medicina y Cirugía
o certificación que le habilite para el desempeño de las funciones de médico o médica
general en el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b)
del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
cve: BOE-A-2023-17315
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 109456
programas de reconocimiento médico el ingreso en prisión, programas de apoyo y
promoción de la salud mental, programas de atención a la mujer, programas de atención
a la persona mayor, programas de prevención de conductas autolíticas, y en general,
darán cumplimiento a las campañas preventivas organizadas por las autoridades
sanitarias nacionales y/o autonómicas. También realizarán tareas de prevención de la
salud en casos de aplicación de limitaciones regimentales, medios coercitivos y
sanciones disciplinarias a los/as internos/as recogidas en la normativa penitenciaria.
2.1.4 Compatibilidad funcional. Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. No estar afectado o afectada por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las funciones del Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria.
2.1.5 Habilitación. No haber sido separado o separada mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
o para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario o funcionaria. En caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o inhabilitada o en situación equivalente,
ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria que impida, en su Estado, en
los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6 No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas
de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de
antecedentes penales o la rehabilitación.
2.1.7 No ser personal funcionario de carrera ni personal funcionario en prácticas en
el mismo cuerpo al que se refiere la convocatoria. Tampoco podrán participar en el
presente proceso selectivo los/as funcionarios/as interinos/as del Cuerpo Facultativo de
Sanidad Penitenciaria con nombramiento igual o superior a tres años por razón de la
limitación temporal general establecida en el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3.
Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo que figura como anexo III a esta convocatoria que estará disponible en el
Ministerio del Interior, en la Oficina del Registro General de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, en todos los centros penitenciarios, en los Colegios de
Médicos y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la provincia
correspondiente, en la página www.institucionpenitenciaria.es y en el Punto de Acceso
General www.administracion.gob.es
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.4 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.4.1 Título. Licenciatura o Grado en Medicina o Licenciatura en Medicina y Cirugía
o certificación que le habilite para el desempeño de las funciones de médico o médica
general en el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b)
del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
cve: BOE-A-2023-17315
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 178