III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Gestores administrativos. (BOE-A-2023-17347)
Resolución de 20 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Jueves 27 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109504

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
17347

Resolución de 20 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la
profesión de Gestor Administrativo.

A tenor de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto Orgánico de la Profesión de
Gestor Administrativo, aprobado por Decreto 424/1963, de 1 de marzo, es facultad del
Ministerio de Hacienda y Función Pública convocar, a propuesta del Consejo General de
Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, las pruebas que permitan
acreditar suficiente aptitud para obtener el título profesional de Gestor Administrativo y,
en su caso, la inscripción en el Colegio correspondiente, sin perjuicio de las
competencias de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Galicia y Valencia
contempladas en el Real Decreto 756/2006, de 16 de junio, el Real Decreto 1141/2007,
de 31 de agosto, y el Real Decreto 981/2013, de 13 de diciembre.
En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas a esta Secretaría de
Estado por el artículo 14.1.p) del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y a
propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de
España, resuelvo convocar las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de
Gestor Administrativo, que se regirán por las bases contenidas en la presente resolución.
I.

Normas generales

Primera.
Las pruebas de aptitud se celebrarán en la Villa de Madrid, sin perjuicio de que el
Tribunal pueda acordar la celebración de las pruebas en las Comunidades Autónomas
de las Illes Balears y Canarias, en función del número de candidatos residentes en
dichos territorios que lo soliciten expresamente.
II.

Requisitos

Segunda.
Podrán concurrir a las pruebas de aptitud quienes, a la fecha de expiración del plazo
de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
Tener la ciudadanía española o de alguno de los Estados siguientes:

– Estados miembros de la Unión Europea.
– Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
– Estados que concedan reciprocidad de títulos académicos y derechos
profesionales a los ciudadanos españoles.
– En el caso de ciudadanía de otros Estados, las personas aspirantes deberán
acreditar el permiso de residencia en España.
b) Tener la mayoría de edad.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión

cve: BOE-A-2023-17347
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