III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-17351)
Resolución de 19 de julio de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA, en relación con las obras de modernización y consolidación de regadíos, y declaradas de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109542
Décimo.
Que la primera Adenda al Convenio implicó una reducción de la aportación de la
SEIASA por un importe total de 3.043.951,90 euros. Esta menor aportación de SEIASA
determinó la existencia de un capital social disponible pendiente de asignación, que es
objeto de aplicación a actuaciones del Convenio a través de la presente Adenda.
Undécimo.
Que las obras de reparación han experimentado variaciones generando una
reducción en las necesidades de capital que se destinarán a cubrir las nuevas
actuaciones programadas en la actual Adenda.
Duodécimo.
Que, como consecuencia de lo expuesto anteriormente, se hace necesario modificar
el presupuesto y la financiación de determinadas obras encomendadas a SEIASA en el
Convenio de referencia.
Decimotercero.
Que se hace necesario proceder al encargo de nuevas obras programadas por el
MAPA.
Decimocuarto.
Que, teniendo en cuenta el capital social disponible y el capital social previsto en el
Convenio vigente para los ejercicios 2023 (36.872.092,60 euros) y 2024 (31.126.416,89
euros), así como el recuperado de las Tarifas de Amortización aplazadas, no resulta
necesario aportar nuevos recursos financieros a la Sociedad para atender las
necesidades anteriormente descritas.
Decimoquinto.
Atendiendo a lo expuesto, ambas partes deciden suscribir la presente Adenda al
Convenio que las mismas suscribieron con fecha 25 de junio de 2021, modificado
mediante Adenda de fecha 28 de julio de 2022, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es, la actualización de los presupuestos de algunas
actuaciones programadas conforme a la situación del mercado, la fijación de las
condiciones de financiación para aquellas obras de modernización de regadíos que se
financien con cargo al FEADER, en el marco del PNDR 2014-2020, la identificación de
aquellas actuaciones susceptibles de recibir financiación del Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común 2023-2027 de España (PEPAC), la identificación de aquellas
actuaciones susceptibles de recibir financiación con la nueva tasa de cofinanciación
aprobada el 6 de octubre de 2021 en el marco del PDR de Castilla y León, la
desprogramación de determinadas obras por no estar prevista su ejecución, el encargo
de nuevas obras programadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la
modificación de los anexos I, II, III, IV y V del Convenio suscrito el 25 de junio de 2021,
modificado mediante Adenda de fecha 28 de julio de 2022, con el fin de actualizarlos
atendiendo a su situación.
cve: BOE-A-2023-17351
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 178
Jueves 27 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 109542
Décimo.
Que la primera Adenda al Convenio implicó una reducción de la aportación de la
SEIASA por un importe total de 3.043.951,90 euros. Esta menor aportación de SEIASA
determinó la existencia de un capital social disponible pendiente de asignación, que es
objeto de aplicación a actuaciones del Convenio a través de la presente Adenda.
Undécimo.
Que las obras de reparación han experimentado variaciones generando una
reducción en las necesidades de capital que se destinarán a cubrir las nuevas
actuaciones programadas en la actual Adenda.
Duodécimo.
Que, como consecuencia de lo expuesto anteriormente, se hace necesario modificar
el presupuesto y la financiación de determinadas obras encomendadas a SEIASA en el
Convenio de referencia.
Decimotercero.
Que se hace necesario proceder al encargo de nuevas obras programadas por el
MAPA.
Decimocuarto.
Que, teniendo en cuenta el capital social disponible y el capital social previsto en el
Convenio vigente para los ejercicios 2023 (36.872.092,60 euros) y 2024 (31.126.416,89
euros), así como el recuperado de las Tarifas de Amortización aplazadas, no resulta
necesario aportar nuevos recursos financieros a la Sociedad para atender las
necesidades anteriormente descritas.
Decimoquinto.
Atendiendo a lo expuesto, ambas partes deciden suscribir la presente Adenda al
Convenio que las mismas suscribieron con fecha 25 de junio de 2021, modificado
mediante Adenda de fecha 28 de julio de 2022, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.
El objeto de la presente Adenda es, la actualización de los presupuestos de algunas
actuaciones programadas conforme a la situación del mercado, la fijación de las
condiciones de financiación para aquellas obras de modernización de regadíos que se
financien con cargo al FEADER, en el marco del PNDR 2014-2020, la identificación de
aquellas actuaciones susceptibles de recibir financiación del Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común 2023-2027 de España (PEPAC), la identificación de aquellas
actuaciones susceptibles de recibir financiación con la nueva tasa de cofinanciación
aprobada el 6 de octubre de 2021 en el marco del PDR de Castilla y León, la
desprogramación de determinadas obras por no estar prevista su ejecución, el encargo
de nuevas obras programadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la
modificación de los anexos I, II, III, IV y V del Convenio suscrito el 25 de junio de 2021,
modificado mediante Adenda de fecha 28 de julio de 2022, con el fin de actualizarlos
atendiendo a su situación.
cve: BOE-A-2023-17351
Verificable en https://www.boe.es
Primera.