III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-17224)
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Jaén n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 108867

pacto, están determinando que una mitad indivisa de las fincas adjudicadas mediante la
extinción de comunidad tenga carácter privativo del marido adjudicatario, con la voluntad
de que se inscriba a nombre de éste por haber sido adquirida con tal carácter y no por
confesión, abstracción hecha de que no haya podido acreditarse el carácter privativo de
dicha participación mediante aplicación directa del principio de subrogación real por la
faltar la prueba fehaciente del carácter privativo del dinero empleado, de modo que
ambos consortes, en ejercicio de su autonomía de la voluntad, excluyen la presunción de
ganancialidad del artículo 1.361 del Código Civil; y como resulta de los concretos
términos empleados en la redacción de la escritura, queda explicitado el carácter
oneroso del negocio entre los esposos”.
Y la resolución del Centro Directivo de 4 de julio de 2022 (citada por la sra
registradora) señaló lo siguiente: “En el presente caso debe concluirse que los cónyuges,
por pacto, están determinando el carácter parcialmente privativo del bien comprado por
el esposo, abstracción hecha de que no haya podido acreditarse el carácter privativo de
dicha participación -mediante aplicación directa del principio de subrogación real- por
faltar la prueba fehaciente del carácter privativo del dinero empleado (a falta en el
Derecho común de una presunción legal como la establecida en el artículo 213 del
Código de Derecho Foral de Aragón), de modo que ambos consortes, en ejercicio de su
autonomía de la voluntad, excluyen el juego de la presunción de ganancialidad del
artículo 1.361 del Código Civil”.
Resulta, pues, con toda claridad, de los términos en que está redactada la escritura,
el pacto de atribución de privatividad del inmueble adquirido y la causalización de esa
atribución.
II
En consonancia con lo anteriormente expuesto, debe decaer el defecto expresado en
la calificación.»
IV
La registradora de la Propiedad de Jaén número 3, doña Ana María Bueno Cano,
emitió informe el día 23 de mayo de 2023 y elevó el expediente a este Centro Directivo.

Vistos los artículos 609, 1224, 1225, 1227, 1255, 1261, 1274 a 1277, 1278, 1279,
1297, 1315, 1323, 1325, 1328, 1346, 1347, 1352, 1354, 1355, 1356, 1357, 1358, 1359
y 1361 del Código Civil; 4 y 125 de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil
Vasco; 9, 18, 21, 31, 34, 66, 326, 327, párrafo décimo, y 328, párrafo cuarto, de la Ley
Hipotecaria; 385 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; 213 del Decreto Legislativo 1/2011,
de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código
del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas;
51.6.ª, 90, 93, 94, 95, 96 y 101 del Reglamento Hipotecario; las Sentencias de la Sala
Primera del Tribunal Supremo de 18 de julio de 1991, 26 de noviembre de 1993, 19 de
abril y 29 de septiembre de 1997, 24 de febrero, 27 de marzo, 25 de octubre y 20 de
noviembre de 2000, 11 de diciembre de 2001, 26 de febrero y 17 de abril de 2002, 11 de
junio de 2003, 8 de octubre de 2004, 25 de mayo de 2005, 8 de octubre y 29 de
noviembre de 2006, 27 de mayo de 2019 y 15 de enero y 12 de febrero de 2020, y de,
Sala Tercera, 2 de octubre de 2001; las Resoluciones de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de 12 de septiembre de 1937, 7 de junio de 1972, 10 de marzo
de 1989, 14 de abril de 1989, 25 de septiembre de 1990, 21 de enero de 1991, 7 y 26 de
octubre de 1992, 11 de junio de 1993, 28 de mayo de 1996, 21 de diciembre de 1998, 15
de marzo, 26 de mayo y 15 y 30 de diciembre de 1999, 8 de mayo y 7 de diciembre
de 2000, 21 de julio de 2001, 17 de abril de 2002, 12 de junio y 18 de septiembre
de 2003, 22 de junio de 2006, 6 de junio y 25 de octubre de 2007, 29 y 31 de marzo y 19

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