III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-17272)
Resolución de 14 de julio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, para la regulación del Instituto de Física Corpuscular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Miércoles 26 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 109304

h) Aprobar, a propuesta de la Dirección y previo informe de la Junta, y sin perjuicio
de lo que establezca el RRI al respecto, las normas que regulen los requisitos, las
condiciones y el procedimiento para la adscripción y desadscripción de personal
investigador al Instituto.
i) Aprobar, en su caso, la adscripción y desadscripción de personal investigador, de
conformidad con lo que establezcan las normas previstas en la letra anterior.
j) Proponer a las partes la creación, supresión o cambio de denominación de
departamentos y otras unidades o servicios que se detallen en el RRI, a iniciativa de la
Dirección, oída la Junta.
k) Conocer los grupos de investigación que se encuentren constituidos en el
Instituto.
l) Ejercer las funciones de Comisión de Seguimiento del presente convenio, para lo
que realizará el seguimiento, vigilancia y control de su ejecución y de los compromisos
adquiridos por los firmantes, siendo competente para resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del mismo, de
conformidad con la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
m) Aprobar las normas que sean necesarias para el funcionamiento interno del
Instituto y de los órganos del mismo, a propuesta de la Dirección oída la Junta.
n) Aprobar, en su caso, y a propuesta de la Dirección oída la Junta, los criterios
para el uso y distribución de los espacios aportados al Instituto, de conformidad con la
cláusula quinta, entre los grupos de investigación y demás personal del Instituto, de
modo que puedan ser implementados con la agilidad requerida por la Dirección.
o) Acordar, en su caso, el porcentaje de los costes indirectos derivados de la actividad
científica del Instituto que las instituciones cotitulares se comprometan a poner a disposición
del mismo, de forma equilibrada y respetando la normativa interna de las partes, así como
ser informada por las instituciones cotitulares de los costes indirectos generados por su
personal que, en su caso, decidan unilateralmente poner a disposición del Instituto como
parte de su aportación directa para financiar los gastos estructurales que le correspondan.
p) Aprobar la incorporación al Instituto de nuevas entidades a propuesta de la
Dirección o de cualquiera de las instituciones cotitulares, de conformidad con lo
establecido en la cláusula undécima de este convenio.
q) Actuar, en su caso, como Comisión Liquidadora.
r) Cualquier otra función que le atribuya el presente convenio, el RRI u otra
normativa que le sea de aplicación.
Normas de funcionamiento.

4.1 Presidencia. Será ejercida de forma alternativa por períodos de un año por el
representante en la Comisión Rectora que designe la institución cotitular que en cada
caso proceda, iniciándose el turno rotatorio a la entrada en vigor de este convenio, y por
el tiempo que reste del año, por la Universitat de València. El cambio tendrá lugar el 1 de
enero de cada año.
4.2 Secretaría. Será ejercida por la persona que desempeñe la Gerencia. Le
corresponderá la convocatoria de las reuniones en nombre de quien ejerza la
presidencia, la elaboración de las actas y, en su caso, la certificación de los acuerdos
tomados por la misma, que serán comunicados a las instituciones cotitulares tras la
celebración de cada reunión.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad, realizará sus funciones la persona
titular de la Dirección del Instituto.
4.3 Periodicidad de las reuniones. Se reunirá al menos dos veces al año,
mediante convocatoria realizada por la secretaría a instancia de quien ejerza la
presidencia, bien a iniciativa propia o de al menos la mitad de sus miembros. Y una de
ellas, deberá incluir como puntos de su orden del día, la Liquidación de ingresos y gastos
del ejercicio anterior (debidamente contrastada con el presupuesto aprobado
previamente y sus posibles modificaciones), aprobación del Presupuesto del ejercicio

cve: BOE-A-2023-17272
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