I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-17167)
Real Decreto 570/2023, de 4 de julio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108678
– Técnicas de recogida de muestras e identificación de huellas y señales.
– Repoblación de especies de caza menor: seguimiento y control.
Vigilancia, seguimiento y control de las actividades de pesca en el espacio de pesca fluvial
y de las especies piscícolas:
– Teoría actividades de pesca y gestión piscícola del espacio fluvial.
– Útiles, modalidades de pesca, tramos de río y piscifactorías.
– Ecosistemas fluviales: características.
– Actividades de pesca: infracciones, identificación del infractor y comunicación con
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
– Repoblación artificial de especies continentales.
– Informes de vigilancia y protección.
Vigilancia, seguimiento y control de la actividad de pesca costera y marisqueo en aguas
interiores:
– Costas y dominio público marítimo‐terrestre.
– Ecosistemas marinos y zonas marítimas con fines pesqueros: características.
– Útiles, modalidades de pesca costera y marisqueo en aguas interiores.
Vigilancia, seguimiento y control de actividades de pesca marítima de recreo o deportiva:
– Especies marinas autorizadas y protegidas para la pesca.
– Autorizaciones y acreditaciones de personas, embarcaciones y objetos.
– Modalidades y útiles de pesca marítima de recreo.
– Elaboración de actas y documentación específica.
Vigilancia, control, seguimiento y protección de instalaciones y especies acuícolas fluviales
y marinas:
– Especies de acuicultura fluvial y marinas en función de sus características
morfológicas y biológicas.
– Plan técnico de mantenimiento de la instalación.
– Invasiones u ocupaciones que causen daño, pérdida o deterioro en las instalaciones
acuícolas fluviales y marinas, sus especies y bienes, en función del plan de
protección del interior de la propiedad.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para que el alumnado adquiera
las competencias necesarias para desarrollar las profesiones de guarda rural y sus dos
especialidades: guardas de caza y guardapescas marítimos.
Se trata de un módulo eminentemente procedimental y actitudinal en el que se da respuesta
a la función de intervención/ejecución y evaluación del propio desempeño profesional.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), p), q), r),
s) y t) del ciclo formativo, y las competencias profesionales, personales y sociales a), b),
ñ), o) f) q) y r) del curso de especialización.
cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108678
– Técnicas de recogida de muestras e identificación de huellas y señales.
– Repoblación de especies de caza menor: seguimiento y control.
Vigilancia, seguimiento y control de las actividades de pesca en el espacio de pesca fluvial
y de las especies piscícolas:
– Teoría actividades de pesca y gestión piscícola del espacio fluvial.
– Útiles, modalidades de pesca, tramos de río y piscifactorías.
– Ecosistemas fluviales: características.
– Actividades de pesca: infracciones, identificación del infractor y comunicación con
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
– Repoblación artificial de especies continentales.
– Informes de vigilancia y protección.
Vigilancia, seguimiento y control de la actividad de pesca costera y marisqueo en aguas
interiores:
– Costas y dominio público marítimo‐terrestre.
– Ecosistemas marinos y zonas marítimas con fines pesqueros: características.
– Útiles, modalidades de pesca costera y marisqueo en aguas interiores.
Vigilancia, seguimiento y control de actividades de pesca marítima de recreo o deportiva:
– Especies marinas autorizadas y protegidas para la pesca.
– Autorizaciones y acreditaciones de personas, embarcaciones y objetos.
– Modalidades y útiles de pesca marítima de recreo.
– Elaboración de actas y documentación específica.
Vigilancia, control, seguimiento y protección de instalaciones y especies acuícolas fluviales
y marinas:
– Especies de acuicultura fluvial y marinas en función de sus características
morfológicas y biológicas.
– Plan técnico de mantenimiento de la instalación.
– Invasiones u ocupaciones que causen daño, pérdida o deterioro en las instalaciones
acuícolas fluviales y marinas, sus especies y bienes, en función del plan de
protección del interior de la propiedad.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para que el alumnado adquiera
las competencias necesarias para desarrollar las profesiones de guarda rural y sus dos
especialidades: guardas de caza y guardapescas marítimos.
Se trata de un módulo eminentemente procedimental y actitudinal en el que se da respuesta
a la función de intervención/ejecución y evaluación del propio desempeño profesional.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), p), q), r),
s) y t) del ciclo formativo, y las competencias profesionales, personales y sociales a), b),
ñ), o) f) q) y r) del curso de especialización.
cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 177