I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-17167)
Real Decreto 570/2023, de 4 de julio, por el que se establece el título de Formación Profesional de Grado Medio de Técnico en Seguridad y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108658
2. Desarrolla programas de autoentrenamiento de las técnicas específicas y de las
capacidades condicionales requeridas en las profesiones de seguridad.
Criterios de evaluación:
3.
a)
Se han identificado las técnicas específicas y las capacidades condicionales que
las profesiones en el ámbito de la seguridad.
b)
Se han valorado las técnicas específicas y las capacidades condicionales que
requieren las diferentes profesiones en el ámbito de la seguridad.
c)
Se ha adoptado un plan de autoentrenamiento de las técnicas específicas y de las
capacidades condicionales requeridas.
d)
Se han argumentado las medidas complementarias que hay que introducir en un
programa de entrenamiento para mejorar su eficacia.
e)
Se han aplicado las técnicas que facilitan la recuperación tras los distintos tipos
de esfuerzo físico.
Reconoce los puntos vulnerables en el cuerpo humano, aplicando la defensa personal.
Criterios de evaluación:
4.
a)
Se han identificado los puntos de dolor y los puntos vitales.
b)
Se han identificado y aplicado los conceptos de bloqueo, llaves de proyección,
golpes, retenciones, palancas y luxaciones, como técnicas de aplicación en la
defensa personal.
c)
Se ha comprendido la diferencia entre golpes permitidos y golpes prohibidos.
d)
Se han identificado las técnicas de caída controlada para evitar daños.
e)
Se ha valorado la importancia de la identificación de puntos vulnerables aplicados
a la defensa personal.
Reconoce las distintas situaciones de peligro según los diferentes tipos de amenaza.
a)
Se ha distinguido entre los diferentes niveles: normalidad, amenaza, peligro
potencial y peligro evidente.
b)
Se han analizado los requisitos básicos de la legítima defensa, identificados como
respuesta ante agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para
impedirla o para repelerla, y falta de provocación suficiente por parte de quien se
defiende.
c)
Se ha practicado el uso proporcional de la fuerza.
d)
Se ha aplicado congruentemente la adecuación técnica, el control y el dominio de
la fuerza a cada situación, causando la menor lesividad posible.
e)
Se ha comprendido el valor del reconocimiento de las situaciones de peligro en
función de la amenaza.
cve: BOE-A-2023-17167
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación:
Núm. 177
Miércoles 26 de julio de 2023
Sec. I. Pág. 108658
2. Desarrolla programas de autoentrenamiento de las técnicas específicas y de las
capacidades condicionales requeridas en las profesiones de seguridad.
Criterios de evaluación:
3.
a)
Se han identificado las técnicas específicas y las capacidades condicionales que
las profesiones en el ámbito de la seguridad.
b)
Se han valorado las técnicas específicas y las capacidades condicionales que
requieren las diferentes profesiones en el ámbito de la seguridad.
c)
Se ha adoptado un plan de autoentrenamiento de las técnicas específicas y de las
capacidades condicionales requeridas.
d)
Se han argumentado las medidas complementarias que hay que introducir en un
programa de entrenamiento para mejorar su eficacia.
e)
Se han aplicado las técnicas que facilitan la recuperación tras los distintos tipos
de esfuerzo físico.
Reconoce los puntos vulnerables en el cuerpo humano, aplicando la defensa personal.
Criterios de evaluación:
4.
a)
Se han identificado los puntos de dolor y los puntos vitales.
b)
Se han identificado y aplicado los conceptos de bloqueo, llaves de proyección,
golpes, retenciones, palancas y luxaciones, como técnicas de aplicación en la
defensa personal.
c)
Se ha comprendido la diferencia entre golpes permitidos y golpes prohibidos.
d)
Se han identificado las técnicas de caída controlada para evitar daños.
e)
Se ha valorado la importancia de la identificación de puntos vulnerables aplicados
a la defensa personal.
Reconoce las distintas situaciones de peligro según los diferentes tipos de amenaza.
a)
Se ha distinguido entre los diferentes niveles: normalidad, amenaza, peligro
potencial y peligro evidente.
b)
Se han analizado los requisitos básicos de la legítima defensa, identificados como
respuesta ante agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado para
impedirla o para repelerla, y falta de provocación suficiente por parte de quien se
defiende.
c)
Se ha practicado el uso proporcional de la fuerza.
d)
Se ha aplicado congruentemente la adecuación técnica, el control y el dominio de
la fuerza a cada situación, causando la menor lesividad posible.
e)
Se ha comprendido el valor del reconocimiento de las situaciones de peligro en
función de la amenaza.
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