II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNITAT VALENCIANA. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2023-16990)
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de los puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal de Valencia y Castellón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 107392
Séptima. Comisiones de Valoración.
La evaluación de los méritos correspondientes corresponderá a una Comisión de
Valoración que será nombrada por la Dirección General de Modernización y Relaciones
con la Administración de Justicia e integrada por:
– Un/a funcionario/a de la Generalitat destinado en la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia y perteneciente al grupo A-1
que ejercerá las funciones de Presidencia.
– Tres Médicos/as Forenses designados/as por la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, ejerciendo uno/a de ellos/as
las funciones de Secretaría.
– Tres Médicos/as Forenses designados/as por las organizaciones sindicales más
representativas.
La Comisión de Valoración suplente tendrá la misma composición que la Comisión
de Valoración titular y sus integrantes actuarán en ausencia de sus correspondientes en
la Comisión de Valoración titular.
La Comisión de Valoración podrá solicitar de la Dirección General de Modernización
y Relaciones con la Administración de Justicia la designación de especialistas que, en
calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto.
En su composición se atenderá a la paridad de mujeres y hombres establecida en la
Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre Mujeres y Hombres.
Asimismo, la Comisión debe garantizar el cumplimiento de la Medida 5.4 del I Plan
de Igualdad de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana que dispone que
«Todas las personas que ocupen puestos relacionados con la gestión de personal o
comisiones de valoración, deberán acreditar y/o realizar cursos específicos en materia
de igualdad de oportunidades y aplicación de la perspectiva de género».
La Comisión de Valoración tendrá la consideración de órgano colegiado de la
Administración y, como tal, estará sometida a las normas contenidas en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y sus integrantes estarán
sometidos a las causas de abstención y recusación previstas en la citada Ley.
1. La Comisión de Valoración propondrá para el puesto de trabajo ofertado en el
presente concurso al candidato/a que, reuniendo los requisitos exigidos, haya obtenido la
mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases. En caso de empate
en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. La Comisión de Valoración redactará la propuesta del candidato/a con expresión
de las puntuaciones obtenidas en cada fase.
3. Esta propuesta será expuesta en la página web de la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia. Contra esta propuesta las
personas interesadas podrán formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día de su publicación. Las alegaciones se presentarán a través de
la dirección de Registro Electrónico de la Generalitat Valenciana que se habilitará en el
momento de la exposición de la propuesta en la citada página web de la Generalitat
Valenciana.
4. La Comisión de Valoración resolverá las alegaciones que se presenten en
relación con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de resolución que
elevará a la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de
Justicia para su resolución definitiva.
Novena.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. El destino adjudicado será irrenunciable. Sin embargo, el/la Médico/a Forense
que hubiere obtenido destino en este concurso específico podrá renunciar si, antes de
cve: BOE-A-2023-16990
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Adjudicación de puestos.
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 107392
Séptima. Comisiones de Valoración.
La evaluación de los méritos correspondientes corresponderá a una Comisión de
Valoración que será nombrada por la Dirección General de Modernización y Relaciones
con la Administración de Justicia e integrada por:
– Un/a funcionario/a de la Generalitat destinado en la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia y perteneciente al grupo A-1
que ejercerá las funciones de Presidencia.
– Tres Médicos/as Forenses designados/as por la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, ejerciendo uno/a de ellos/as
las funciones de Secretaría.
– Tres Médicos/as Forenses designados/as por las organizaciones sindicales más
representativas.
La Comisión de Valoración suplente tendrá la misma composición que la Comisión
de Valoración titular y sus integrantes actuarán en ausencia de sus correspondientes en
la Comisión de Valoración titular.
La Comisión de Valoración podrá solicitar de la Dirección General de Modernización
y Relaciones con la Administración de Justicia la designación de especialistas que, en
calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto.
En su composición se atenderá a la paridad de mujeres y hombres establecida en la
Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre Mujeres y Hombres.
Asimismo, la Comisión debe garantizar el cumplimiento de la Medida 5.4 del I Plan
de Igualdad de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana que dispone que
«Todas las personas que ocupen puestos relacionados con la gestión de personal o
comisiones de valoración, deberán acreditar y/o realizar cursos específicos en materia
de igualdad de oportunidades y aplicación de la perspectiva de género».
La Comisión de Valoración tendrá la consideración de órgano colegiado de la
Administración y, como tal, estará sometida a las normas contenidas en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y sus integrantes estarán
sometidos a las causas de abstención y recusación previstas en la citada Ley.
1. La Comisión de Valoración propondrá para el puesto de trabajo ofertado en el
presente concurso al candidato/a que, reuniendo los requisitos exigidos, haya obtenido la
mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases. En caso de empate
en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo.
2. La Comisión de Valoración redactará la propuesta del candidato/a con expresión
de las puntuaciones obtenidas en cada fase.
3. Esta propuesta será expuesta en la página web de la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia. Contra esta propuesta las
personas interesadas podrán formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día de su publicación. Las alegaciones se presentarán a través de
la dirección de Registro Electrónico de la Generalitat Valenciana que se habilitará en el
momento de la exposición de la propuesta en la citada página web de la Generalitat
Valenciana.
4. La Comisión de Valoración resolverá las alegaciones que se presenten en
relación con la aplicación del baremo de méritos y redactará propuesta de resolución que
elevará a la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de
Justicia para su resolución definitiva.
Novena.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. El destino adjudicado será irrenunciable. Sin embargo, el/la Médico/a Forense
que hubiere obtenido destino en este concurso específico podrá renunciar si, antes de
cve: BOE-A-2023-16990
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Adjudicación de puestos.