III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-17035)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Altius, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107779

Quinto.
Que la Fundación Altius España tiene entre sus fines:
Promover la acción social a favor de las personas que sufren desigualdad, exclusión
social o maltrato, con el fin de contribuir a mejorar su situación y procurar su integración
social; así como, en otro ámbito, la ayuda humanitaria y la cooperación al desarrollo en
los países en vías de desarrollo o víctimas de catástrofes.
El fin expresado se cumplirá mediante las siguientes actividades que, sin carácter
limitativo, determine el Patronato:
1. Asistencia a las personas en situación de desigualdad o exclusión social y sus
familias, como ancianos, discapacitados, inmigrantes, desplazados, víctimas de malos
tratos, drogodependientes y cualesquiera otras que sufran marginación.
2. Medidas para alcanzar la integración educativa, cultural, laboral y social de estas
personas.
3. Acciones que promuevan la sensibilización de la opinión pública y la convivencia
con la población marginada. Entre otras, la relación de actividades de intercambio
cultural.
4. Acciones de ayuda humanitaria y de cooperación al desarrollo en los países en
vías de desarrollo o víctimas de catástrofes. Entre otras, la ayuda alimentaria y la
participación en actividades de rehabilitación y reconstrucción.
5. Formación y promoción del voluntariado.
6. Otorgamiento y búsqueda de becas, subvenciones, premios y otras ayudas
económicas a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuyas aptitudes o
proyectos concuerden con los fines de la Fundación.
7. Organización de cursos, congresos, conferencias, seminarios, coloquios y otras
actividades formativas; edición y publicación de libros, revistas y artículos; y a
participación en medios de comunicación pública, para la educación en la solidaridad y la
defensa y promoción de los fines de la Fundación.
8. Cualesquiera otras actividades que el Patronato considere convenientes para
cumplir los fines fundacionales.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación para el efectivo
cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, mediante la
prestación por los penados de determinadas actividades de utilidad pública en su ámbito
competencial.
que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que
corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del
trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real
Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter
especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la

cve: BOE-A-2023-17035
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Compromisos
Penitenciarias.