II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-17005)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Lunes 24 de julio de 2023
11.

Sec. II.B. Pág. 107504

Presentación de documentos y nombramientos

11.1 El candidato propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar en el
Servicio de Gestión de Personal de la Universitat Politècnica de València, en el plazo de
veinte días naturales siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, los siguientes
documentos:

Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma, en
concreto los documentos de los apartados a), c), d) y e), así como la b) caso de
pertenecer al colectivo de profesorado.
11.2 El Rector nombrará al candidato propuesto por la Comisión de Selección, en
un plazo máximo de treinta días hábiles desde el siguiente a la publicación de la
propuesta de provisión.
11.3 En caso de que el candidato propuesto no presente en tiempo y forma la
documentación requerida anteriormente, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán
sin efecto las actuaciones relativas al mismo.
11.4 El nombramiento, que especificará la denominación de la plaza, cuerpo y área
de conocimiento, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Diari Oficial de
la Generalitat Valenciana y comunicados a los registros correspondientes y al Consejo de
Universidades.
11.5 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato deberá
tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la condición de funcionario
de carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, si no se ostentase ya dicha
condición, con los derechos y deberes que le son propios.
11.6 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante
dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una
plaza en otra universidad.

cve: BOE-A-2023-17005
Verificable en https://www.boe.es

a) Fotocopia del DNI, o documento equivalente para los nacionales de los otros
estados a los que hace referencia la base 2.1.a) de esta convocatoria.
b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de
universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Pública, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública.
Aquellos que no ostenten la nacionalidad española deberán presentar declaración
jurada o promesa de no hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni estar
sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
d) Fotocopia compulsada, o para cotejar, del título académico exigido en la
convocatoria o certificación supletoria, según modelo oficial, en caso de no haber sido
expedido aún. En el caso de titulaciones obtenidas en Universidades extranjeras deberá
acompañarse fotocopia de la credencial que acredite la homologación de la misma o de
la correspondiente resolución de equivalencia
e) Fotocopia cotejada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos específicos que señala la base 2.2.a)
f) Fotocopia cotejada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos específicos que señala la base 2.2.b)
g) Declaración jurada de no estar afectado de incompatibilidad o ejercicio de opción
en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna
pensión.