III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-17030)
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Fundación Iberoamericana para la Gestión de la Calidad, para la promoción de la excelencia y su reconocimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107763
Las partes se reconocen mutuamente la calidad con la que cada una interviene, así
como la capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio, y al efecto:
EXPONEN
– Que, de conformidad con el artículo 14.1 j) en relación con el artículo 16.1 e) del
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, las competencias de la Secretaría
de Estado de Función Pública en relación con la calidad de los servicios, se ejercen a
través de la Dirección General de Gobernanza Pública, relativas a la gestión e impulso
de los programas de calidad previstos en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el
que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración
General del Estado.
– Que, de acuerdo con el artículo 30 a) 6.º del Real Decreto 951/2005, de 29 de
julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, corresponde a la Secretaría de Estado de Función
Pública, entre otras funciones, "representar a la Administración española en organismos
y foros internacionales relacionados con las materias y funciones de su competencia»
relativas al marco general de la calidad.
– Que el Ministerio, en el marco de sus planes de presencia internacional, viene
desarrollando una intensa actividad de cooperación exterior tendente a contribuir al
fortalecimiento institucional y a la mejora de la gestión pública en los países
iberoamericanos.
– Que, en virtud del convenio entre el Ministerio de Administraciones Públicas y
FUNDIBEQ suscrito el 3 de enero de 2006, el Ministerio se incorporó al Patronato de la
Fundación. El Ministerio ostenta la condición de vicepresidente de la Fundación a través
de la Dirección General de Gobernanza Pública.
– Que FUNDIBEQ es una organización sin ánimo de lucro, que desarrolla la Gestión
Global de la Calidad en el ámbito iberoamericano para mejorar la competitividad del
tejido económico y social de los países iberoamericanos, y conseguir de esta forma que
la Comunidad iberoamericana sea considerada un entorno de calidad y consolide su
posición internacional. Para ello, FUNDIBEQ gestiona el programa IBERQUALITAS
(Iberoamérica Excelente), proyecto adscrito a la Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno que coordina la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB).
– Que FUNDIBEQ promueve desde un ámbito internacional el Movimiento
Iberoamericano de difusión de la cultura de la Calidad y de la Excelencia en la Gestión
en todas las organizaciones de Iberoamérica. Con ello, se contribuye a mejorar la
productividad y competitividad del tejido económico y social de la Comunidad
Iberoamericana y a aumentar el prestigio de Iberoamérica y de FUNDIBEQ en el mundo
y ser reconocidos internacionalmente como el principal promotor Iberoamericano de la
Calidad y la Excelencia de la Gestión.
– Que la Fundación fue legalmente constituida mediante Escritura Pública núm.
1252, otorgada ante el Notario de Madrid D. Carlos Huidobro Gascón el 21 de mayo
de 1999, con CIF número G-81839409 e inscrita en el Registro de Fundaciones con
núm. 399.
– Que la Fundación convoca anualmente el Premio Iberoamericano de la Calidad,
proyecto adscrito a la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, y que
en el marco de estas se entregan sus galardones.
– Que FUNDIBEQ tiene interés en la participación de la Administración General del
Estado en las distintas actividades de la Fundación, más allá de los compromisos
derivados de su condición de patrono. Destaca, con carácter singular, la representación
del Ministerio de Hacienda y Función Pública en las distintas fases del proceso del
Premio Iberoamericano de la Calidad participando en el comité asesor del mismo, así
como la exención del pago de la cuota inicial por parte del Ministerio.
cve: BOE-A-2023-17030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 107763
Las partes se reconocen mutuamente la calidad con la que cada una interviene, así
como la capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio, y al efecto:
EXPONEN
– Que, de conformidad con el artículo 14.1 j) en relación con el artículo 16.1 e) del
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, las competencias de la Secretaría
de Estado de Función Pública en relación con la calidad de los servicios, se ejercen a
través de la Dirección General de Gobernanza Pública, relativas a la gestión e impulso
de los programas de calidad previstos en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el
que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración
General del Estado.
– Que, de acuerdo con el artículo 30 a) 6.º del Real Decreto 951/2005, de 29 de
julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración General del Estado, corresponde a la Secretaría de Estado de Función
Pública, entre otras funciones, "representar a la Administración española en organismos
y foros internacionales relacionados con las materias y funciones de su competencia»
relativas al marco general de la calidad.
– Que el Ministerio, en el marco de sus planes de presencia internacional, viene
desarrollando una intensa actividad de cooperación exterior tendente a contribuir al
fortalecimiento institucional y a la mejora de la gestión pública en los países
iberoamericanos.
– Que, en virtud del convenio entre el Ministerio de Administraciones Públicas y
FUNDIBEQ suscrito el 3 de enero de 2006, el Ministerio se incorporó al Patronato de la
Fundación. El Ministerio ostenta la condición de vicepresidente de la Fundación a través
de la Dirección General de Gobernanza Pública.
– Que FUNDIBEQ es una organización sin ánimo de lucro, que desarrolla la Gestión
Global de la Calidad en el ámbito iberoamericano para mejorar la competitividad del
tejido económico y social de los países iberoamericanos, y conseguir de esta forma que
la Comunidad iberoamericana sea considerada un entorno de calidad y consolide su
posición internacional. Para ello, FUNDIBEQ gestiona el programa IBERQUALITAS
(Iberoamérica Excelente), proyecto adscrito a la Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno que coordina la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB).
– Que FUNDIBEQ promueve desde un ámbito internacional el Movimiento
Iberoamericano de difusión de la cultura de la Calidad y de la Excelencia en la Gestión
en todas las organizaciones de Iberoamérica. Con ello, se contribuye a mejorar la
productividad y competitividad del tejido económico y social de la Comunidad
Iberoamericana y a aumentar el prestigio de Iberoamérica y de FUNDIBEQ en el mundo
y ser reconocidos internacionalmente como el principal promotor Iberoamericano de la
Calidad y la Excelencia de la Gestión.
– Que la Fundación fue legalmente constituida mediante Escritura Pública núm.
1252, otorgada ante el Notario de Madrid D. Carlos Huidobro Gascón el 21 de mayo
de 1999, con CIF número G-81839409 e inscrita en el Registro de Fundaciones con
núm. 399.
– Que la Fundación convoca anualmente el Premio Iberoamericano de la Calidad,
proyecto adscrito a la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, y que
en el marco de estas se entregan sus galardones.
– Que FUNDIBEQ tiene interés en la participación de la Administración General del
Estado en las distintas actividades de la Fundación, más allá de los compromisos
derivados de su condición de patrono. Destaca, con carácter singular, la representación
del Ministerio de Hacienda y Función Pública en las distintas fases del proceso del
Premio Iberoamericano de la Calidad participando en el comité asesor del mismo, así
como la exención del pago de la cuota inicial por parte del Ministerio.
cve: BOE-A-2023-17030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 175